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Autoridades municipales deben cumplir con la entrega de sus Leyes de Ingresos, a más tardar el día 20: ASM

-Recordó que el incumplimiento con la presentación de sus leyes de ingresos, puede ser motivo de observación por parte del órgano de fiscalización

Redacción

Las autoridades municipales deben cumplir con la entrega al Congreso del Estado, de sus Leyes de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2022 a más tardar el próximo 20 de octubre, informó Miguel Ángel Aguirre Abellaneda, titular de la Auditoría Superior de Michoacán (ASM).

El funcionario refirió que en los próximos días los 112 Cabildos en el Estado, así como el Concejo Mayor de Gobierno Comunal deben aprobar sus Leyes de Ingresos para que éstas sean turnadas al Congreso.

Recordó que el artículo 175 de la Ley Orgánica Municipal determina que las iniciativas de Ley de Ingresos Municipales deberán presentarse para su aprobación ante el Congreso, a más tardar el 20 de septiembre del año anterior al de su aplicación; esto exceptuando el primer año de la administración en el que se tiene tendrá una prórroga de 30 días, hasta el 20 de octubre para presentarlas.

Miguel Ángel Aguirre recordó que el incumplimiento con la presentación de las leyes de ingresos municipales, puede ser motivo de observación por parte del órgano de fiscalización.

Asimismo, apuntó que toca a los tesoreros municipales elaborar el proyecto de Ley de Ingresos de cada ejercicio fiscal y someterlo a consideración del Ayuntamiento, mismo que debe ser aprobado por los Cabildos y luego remitirse al Congreso.

En ese sentido subrayó que es el Poder Legislativo el que tiene la última palabra en la aprobación de las leyes de ingresos municipales, mismas que son revisadas y dictaminadas de manera conjunta por las comisiones de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, y de Hacienda y Deuda Pública.

Finalmente el Auditor Superior, señaló que la Hacienda Pública Municipal se constituye por los ingresos que señala la Ley de Hacienda Municipal y la Ley de Ingresos que apruebe el Congreso de cada uno de los municipios, así como de aquellos ingresos que determinen las Leyes y Decretos Federales y Estatales y los convenios respectivos.




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