Ciudad de México, a 08 de diciembre de 2016.- El Partido Revolucionario Institucional saluda el resolutivo de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE), en el que declara procedente, bajo la figura de tutela preventiva, su solicitud de decretar medida cautelar a los spots del dirigente panista Ricardo Anaya Cortés, transmitidos en radiodifusoras del Grupo Radio Centro.
Destaca que los consejeros del INE advirtieron que el contenido de dichos spots son violatorios del Artículo 41 de la Constitución, puesto que se está ante la posible adquisición prohibida de tiempos en radio para propaganda político-electoral.
El PRI comparte el argumento esgrimido por la autoridad electoral, en el sentido de que el factor preponderante de los spots es un posicionamiento sistemático, reiterado y desproporcionado de Ricardo Anaya.
Al respecto, precisa que el INE investigó y descubrió que los spots tuvieron al menos 288 impactos al aire y se ubican fuera de la pauta de radio a la que tiene derecho el Partido Acción Nacional, por lo que serían ilegales.
Resalta que la Comisión de Quejas y Denuncias ordenó al Grupo Radio Centro abstenerse de reproducir o difundir fragmentos de la entrevista de Ricardo Anaya y “Toño Esquinca” –que aparece en los spots– o cualquiera que provenga de la misma.
En este sentido, el PRI exige a Ricardo Anaya Cortés y al Partido Acción Nacional que se abstengan de adquirir o contratar material publicitario de la misma naturaleza.
Señala que fue unánime la votación de los consejeros electorales José Roberto Ruiz Saldaña, Adriana Margarita Favela Herrera y Beatriz Eugenia Galindo Centeno, decisión que también compartió Pamela San Martín, en su calidad de consejera invitada.
En relación a los hechos, apunta que la representación del PRI ante el INE presentó una queja en la que solicitó que se ordenara la inmediata suspensión de los anuncios transmitidos, donde se escucha una voz en off cuestionando a Ricardo Anaya, quien responde: “A lo que aspiro es a no ser parte justamente de esos los políticos de siempre, sino representar algo distinto”, así como de otros dos spots, en los que también se promociona de manera personal.
Al acatar la legislación en la materia, el Revolucionario Institucional esperará la resolución final que dicte la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que tiene a su cargo resolver el fondo del asunto y establecer las sanciones correspondientes.
Estas sanciones van desde una amonestación pública a una multa de hasta diez mil días de salario mínimo general vigente para la Ciudad de México, con la reducción de hasta el cincuenta por ciento de las ministraciones del financiamiento público y con la interrupción de la transmisión de la propaganda política o electoral dentro del tiempo que le sea asignado por el INE.
En los casos de graves y reiteradas conductas violatorias, especialmente en cuanto a obligaciones en materia de origen y destino de sus recursos, se penaliza con la cancelación del registro como partido político.