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Congreso aprueba Ley de Ingresos por 65 mil 605 millones

Morelia; Michoacán, 27 de diciembre de 2017.- Con un monto de 65 mil 605 millones 412 mil 298 pesos, el Congreso local aprobó la Ley de Ingresos para el Ejercicio Fiscal 2018.

En sesión ordinaria los diputados aprobaron el dictamen presentado por las Comisiones Unidas de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, y de Hacienda y Deuda Pública, en el cual se establece que el Ejecutivo estima percibir ingresos por un monto de 65 mil 605 millones 412 mil 298 pesos, recursos que podrán ser destinados a cubrir el gasto público y las necesidades primordiales de la sociedad michoacana.

En ese sentido se estima obtener por los conceptos de Ingresos de origen estatal provenientes de los rubros de Impuestos, Derechos, Productos, Aprovechamientos y Venta de Bienes y Servicios, por un monto de 4 mil 534 millones; de Participaciones Federales la cifra de 23 mil 849 millones; de Aportaciones Federales Ramo 30 mil 079 millones; así como por Transferencias Federales por Convenio la cantidad de 7 mil 168 millones.

La norma contempla un incremento del 3 por ciento, en el pago de impuestos, derechos, productos, aprovechamientos e ingresos por venta de bienes y servicios, así como de nuevos derechos, respecto de las tarifas vigentes, tomando como referencia la inflación esperada para el año 2018.

Asimismo, para efectos no perjudicar la recaudación se consideró oportuno mantener los porcentajes establecidos en la Ley de Ingresos vigente, por concepto de accesorios de impuestos, derechos y aprovechamientos, porcentajes que además son homogéneos en todos los municipios del Estado. 

De igual forma, las comisiones dictaminadoras determinaron que los gravámenes que tendrán vigencia en el ejercicio fiscal del año 2018, permitirán una recaudación eficiente para el cumplimiento oportuno de las obligaciones fiscales, procurando el sostenimiento de las finanzas públicas y en consecuencia promoviendo el desarrollo económico estatal.

 

También aprueban reforma a Ley de Coordinación Fiscal

Por otra parte, este día el Congreso local aprobó también reformas a la Ley de Coordinación Fiscal.

El dictamen fue elaborado y presentado ante el Pleno para su aprobación por los diputados integrantes de las Comisiones Unidas de Hacienda y Deuda Pública, Héctor Gómez, Carlos Quintana, Juan Pablo Puebla, Adriana Campos y Socorro Quintana, así como de Programación, Presupuesto y Cuenta Pública, Raúl Prieto, Antonio García, Eduardo García, Ernesto Núñez y Sergio Ochoa, en razón del análisis realizado a dos iniciativas de decreto presentadas por el titular del Poder Ejecutivo, mediante las cuales, se propone reformar y derogar diversas disposiciones de la Ley de Coordinación Fiscal.

Ambas iniciativas sustentan en su exposición de motivos que algunas administraciones municipales y sus organismos paramunicipales, no cubren oportunamente el pago del Impuesto sobre la Renta, a favor del Sistema de Administración Tributaria (SAT), ni las Cuotas Obrero Patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y/o del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), por lo tanto, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), realiza las retenciones correspondientes con cargo a las Participaciones en Ingresos Federales, afectando gravemente finanzas públicas estales.

En ese sentido, las comisiones dictaminadoras determinaron que es pertinente modificar la norma y especificar que solamente podrán ser objeto de retención por parte de la Secretaría de Finanzas y Administración, aquellos montos y sus accesorios correspondientes, que la SHCP a su vez retiene al Estado, por concepto del Impuesto sobre la Renta (ISR), y las Cuotas Obrero Patronales no pagadas oportunamente por los municipios y/o de sus organismos paramunicipales, a favor del SAT, y  del IMSS y/o del ISSSTE, respectivamente. Previo Acuerdo de cabildo.

Asimismo, la Secretaría de Finanzas y Administración podrá realizar la retención mensualmente a las participaciones municipales, para cubrir aquellos créditos fiscales que los municipios y sus organismos paramunicipales hayan originado por el no pago de contribuciones estatales previo Acuerdo de Cabildo y la suscripción del Convenio correspondiente.

De igual forma, respecto de los recursos que los municipios reciben del Fondo Participable y del Fondo de Gasolinas y Diesel, se establece una aportación estatal, la cual se destinará a las inversiones públicas productivas de los municipios.

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