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IEM da plazo fatal para que renuncien quienes buscan un cargo diferente al que ostentan

Por América Juárez Navarro
Morelia, Mich.- El Instituto Electoral de Michoacán (IEM) determinó que los diputados federales que busquen ser diputados locales ya sea por la vía plurinominal o de mayoría, así como regidores que busquen ser síndicos u otro puesto de diferente naturaleza al que desempeñaban, no pueden hacer válido el principio de continuidad o de reelección, por lo que deben separarse del cargo en los 90 días que marca la Ley.
En sesión celebrada este lunes, el Consejo General del IEM, dio respuesta a la consulta realizada por Erik Juárez Blanquet diputado federal que busca la diputación por la vía plurinominal, así como a la regidora independiente Alma Bahena que ahora busca la sindicatura con Alfonso Martínez, y buscaban mantenerse en su cargo.
El acuerdo del IEM, determinó inviable esta posibilidad y representantes de los partidos políticos, coincidieron en señalar que la continuidad y la reelección, han generado confusión, pero algunos “buscan cuidar sus quincenas”.
Viridiana Villaseñor Aguirre, consejera del IEM expresó que la figura de reelección opera por un mismo cargo y al tratarse de un caso de uno que aspira a diputado local y el otro que aspira a un cargo de sindico, el IEM  llega a la conclusión de que no se está en presencia de una reelección y tiene funciones distintas, consecuentemente deben separarse de sus cargos conforme lo establece la ley electoral.
Agregó que se debe determinar con claridad en qué casos se está en una elección consecutiva, recordó que de acuerdo al artículo 6 y de los lineamientos emitidos por el Consejo General del IEM en pasado diciembre, así como los presidentes de la Sala Superior del Tribunal del Poder Judicial de la Federación, establece que habrá reelección o posibilidad cuando un ciudadano habiendo postulado un cargo determinado se postulará por el mismo cargo y en aquellos casos donde tenga que postularse a un cargo diverso y que aún cuando dependa del mismo órgano no podría considerarse reelección.
“Uno de los elementos sustanciales, estriba en que el cargo tenga las mismas funciones porque esto implicaría el desempeño de un mismo cargo y en este mismo sentido se pronunció la sala Regional de Toluca que aclara que la reelección y la elección consecutiva se trata de la misma figura en materia electoral, en virtud que una persona que ostenta determinado cargo de elección popular puede ser electa nuevamente por el mismo cargo por un período o más según sea el caso de la elección consecutiva y en caso de optar por otro cargo la persona en cuestión deberá cumplir con los requisitos establecidos en la ley federal y local en la separación del cargo porque fue electo en un tiempo determinado”, dijo.

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