América Juárez Navarro
Morelia, Mich., El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM), prácticamente dejó en el terreno del Tribunal Electoral Federal, la resolución de los 13 juicios de inconformidad y juicios ciudadano de derechos políticos-electorales, que fueron sobreseídos, desechados, infundados e improcedentes.
En sesión celebrada este domingo el TEEM dio salida los recursos legales interpuestos ante este organismo jurisdiccional que corresponden a los ayuntamientos Tangamandapio, San Lucas, Ocampo, Zinapécuaro, La Piedad, Cuitzeo, Charo, Quiroga, Álvaro Obregón, Huacana, Zamora y Queréndaro.
En un primer término el TEEM resolvió el caso de Tangamandapio, en el mismo se decretó como infundado por lo que se ratificó la declaración de validez para la coalición de Michoacán al Frente, aquí se argumentaba que trabajaban como servidores públicos y no renunciaron dentro de los 90 días establecidos en la ley.
En el caso del Partido del Trabajo en San Lucas, el pasado 11 de julio dicho instituto político se desistió del recurso presentado ante el TEEM, por lo que se dio por no presentada; en el caso de la elección de Ocampo se había argumentado que las reglas de operación y la designación de regidores de representación proporcional, sin embargo, los magistrados que si bien hubo un error en la contabilidad de votos, no es suficiente para cambiar las regidurías, por lo que se confirma la resignación de los regidores por la vía de representación proporcional.
En el caso de Zinapécuaro donde ganó la Coalición por Michoacán al Frente, se analizó la nulidad de las casillas por irregularidades graves, pero se declaró inoperante, pues no se estableció en tiempo, modo lugar y no ofreció pruebas suficientes sobre las 19 casillas en las que se presume se vulneró el voto libre y secreto.
Sobre la inelegibilidad del candidato, se consideró Infundado, pues aunque tiene una sanción administrativa, no es suficiente para suspender sus derechos políticos-electorales, por lo que el TEEM procedió a declarar válida la elección y la entrega de la constancia, “se confirma la validez por la coalición por Michoacán al Frente, de ayuntamiento de Zinapécuaro”.
El ciudadano y candidato por la vía independiente Gabriel Bernal Ramírez interpuso un recurso contra Nirvana Aguirre Ochoa quien no cumplía con el requisito de domiciliario, para ser regidora, pero el TEEM declaró infundado, momentos después solicitó el retiro del asunto, porque llegaron pruebas supervinientes.
En el caso del Ayuntamiento de Cuitzeo, ante la imposibilidad de establecer si existió rebase de topes de campaña, debido a que aún no está aún listo el dictamen del Instituto Nacional Electoral, por lo que al no existir materia para analizar el asunto, se sobresee.
En que el caso de Quiroga, Álvaro Obregón, Huacana, el juicio ciudadano promovido por Juan Aurelio en Zamora y en dos asuntos de Querendaro, fueron desechados, en una porque faltaba firma, en otro más declaraban infundados los agravios, mientras que en otros no se acredito contar con la personalidad jurídica para promover este recurso.