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TEEMICH resuelve dos Procedimientos Especiales Sancionadores

Redacción
Morelia, Michoacán, a 2 de Octubre de 2018. El Pleno del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán resolvió dos Procedimientos Especiales Sancionadores del pasado proceso electoral local.
Durante la sesión de este martes, se analizó en primer término el proyecto de resolución sometido a consideración del Pleno por la ponencia de la Magistrada Yolanda Camacho en el cual, por unanimidad de votos, se emitió una amonestación pública a Salvador Barrera Medrano, ex candidato a la Presidencia Municipal de Tacámbaro postulado por la coalición Por Michoacán al Frente, conformada por los partidos PRD, PAN y Movimiento Ciudadano, así como a dichos institutos políticos, al acreditarse que durante la etapa de campañas electorales, concretamente el 6 de junio, se verificó la existencia de una lona con propaganda electoral de los denunciados, colocada en equipamiento urbano, en específico, por estar sujeta de sus extremos a dos postes, uno de suministro de energía eléctrica y otro de telefonía fija, en la comunidad de San José de Los Laureles, perteneciente a la Tenencia de San Juan de Viña, Municipio de Tacámbaro.
Por otra parte, en el Procedimiento Especial Sancionador 27 de este año, el Pleno dictaminó sancionar con amonestación pública a Martín Arredondo Estrada e Isidoro Mosqueda Estrada, ex candidatos a la Presidencia Municipal de Jacona de MORENA y del PVEM, respectivamente, al acreditarse la colocación de lonas con propaganda en equipamiento urbano en este municipio.
La ponencia del Magistrado Ignacio Hurtado Gómez propuso declarar inexistentes en contra de la entonces candidata del PRI a la Presidencia Municipal de Jacona, Adriana Campos Huirache, al no acreditarse la propaganda que se le acusa, tras la verificación realizada el pasado 30 de mayo por el IEM, y en la cual no se acreditó la propaganda que le atribuyen.
En el caso del excandidato a la Presidencia Municipal de Morena se constató en actas circunstanciadas la propaganda a su favor, mientras que al entonces candidato del PVEM se acreditó una lona a su favor en el mes de junio.
A lo anterior, el Pleno consideró que se encontraron colmados los elementos personal, material y temporal en los que se acreditó la infracción cometida y por la falta de deber de cuidado se impuso una amonestación pública.




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