Aprueban Ley de Fiscalización, dejan sin autonomía financiera a la ASM

América Juárez Navarro
Morelia, Mich., La nueva Ley de Fiscalización fue aprobada por el Pleno del Congreso del Estado, sin embargo se le dejó sin autonomía financiera, esto luego de que se echará abajo la posibilidad contar dentro del presupuesto como Unidad Programática Presupuestal (UPP).
Aunque en un principio se preveía wu la Auditoría Superior de Michoacán (ASM) contará con su unidad programática, finalmente la falta de apoyo de los diputados del PAN y el PRD, no permitió se avanzará en el tema.
Entre lo que sí sé aprobó es que la Auditoría Superior de Michoacán revisará, fiscalizará y evaluará la gestión no solo de los poderes del Estado, de los ayuntamientos, o cualquier otra figura que maneje recursos públicos, incluye a los concejos municipales, comunidades o consejos indígenas y ciudadanos, que manejan fondos públicos.
La reforma retoma las efectuadas en la pasada Legislatura en el 2017 en materia de fiscalización, y da cabida a nuevas figuras legales, ajustes en plazos y fechas de entrega de los informes, se modifican plazos para la fiscalización de la Cuenta Pública Estatal y Municipal, el plazo para aprobación del Plan de Fiscalización, los periodos para iniciar la fiscalización.
También se establecen y desarrollan de manera clara los requisitos que deben satisfacer los aspirantes a Auditor Superior de Michoacán, y se concreta una propuesta que tuvo eco desde la Legislatura pasada: las áreas de investigación y substanciación de la Auditoría y la Unidad de Evaluación y Control.
Se crea un Comité de Dirección y la implementación del servicio civil de carrera en la Auditoría Superior, figura que establecerá los modelos de profesionalización para los servidores, además de las áreas de investigación y substanciación de la Auditoría y la Unidad de Evaluación y Control.
De igual manera se establece un catálogo expreso de prohibiciones a las conductas a desplegar por el Auditor Superior y los auditores especiales, y catálogo de causales de remoción.
Aparece la figura de Comité de Dirección y la implementación del servicio civil de carrera en la Auditoría Superior, se crean orgánicamente las dos áreas que mandata la normatividad general en materia de responsabilidades, una investigadora y otra substanciadora, las cuales serán responsables de llevar a cabo los procedimientos respectivos ante las instancias correspondientes y se plantea un capítulo que aborda de manera integral el tratamiento que se debe dar a la exhibición de la fianzas, su cuantía en cuanto a tope máximo legal.