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Fallo de Conciliación establece igualdad de condiciones en prestaciones para el STUMICH


Raúl López Téllez
Trato igualitario, fue la base del amparo ganado por el Sindicato de Trabajadores de la Universidad Michoacana (STUMICH), interpuesto ante la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, por lo que este gremio está en condiciones de gozar de las mismas prestaciones que el sindicato mayoritario que detenta el Contrato Colectivo de Trabajo, el único de Empleados (SUEUM).
En rueda de prensa, Armando Rangel Díaz, líder del STUMICH, señaló que aunque ya gozaban de los beneficios otorgados a los empleados sindicalizados, restaban cuatro conceptos, los cuales fueron a su favor de acuerdo al fallo emitido ayer lunes por la JLCyA, correspondientes a las prestaciones de cobertura de vacantes, suplencias, incapacidades y permisos especiales; la de útiles escolares; la de lentes y la de dotación de material de trabajo.
Rangel Díaz señaló que el STUMICH surgió por una escisión en el SUEUM, e indicó que en las siguientes semanas iniciarán una campaña de afiliación con la intención de lograr detentar la titularidad del CCT. Actualmente, dijo, se cuenta con un aproximado de 459 miembros, y con el fallo de la Junta, señaló, “quienes se agremien contarán con todas las prestaciones”.
En alusión al dirigente del SUEUM, Eduardo Tena Flores, quien ha venido ocupando sucesivamente hasta por 22 años la dirigencia sindical, Rangel indicó que en el gremio que encabeza “no se permite la reelección, está en nuestros estatutos”, al tiempo que afirmó que “los sindicatos no tienen dueño; algunos se sienten hasta dueños de la Universidad Michoacana”.
En cuanto a la posición que asumirían respecto a la reforma al Régimen de Pensiones y Jubilaciones, condición impuesta por la federación a la Casa de Hidalgo, dijo que hasta el momento desconocen cuál es la propuesta concreta de la Rectoría y esperarían además respuesta del rector Raúl Cárdenas Navarro a una solicitud girada por el STUMICH para abordar la relación que deberán mantener en cuanto a la igualdad de condiciones que les concede el fallo del organismo laboral.

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