domingo, 22 - diciembre - 2024
19.5 C
Morelia
MXN - Peso mexicano
USD
20.17

ESFERA PÚBLICA // Alcaldes con el ojo en las elecciones

Por Christián Gutiérrez.

¿Qué pasa con Michoacán en el tema de seguridad pública? En este tema, la crisis se profundiza. Esta entidad federativa está suelta en algunos territorios. Hace falta coordinación entre gobiernos municipales y el estatal, y el problema es aún más grave, por la falta de voluntad para coordinarse de parte de los alcaldes. Esta falta de voluntad, es lo que está sacudiendo todo el árbol de buenas intenciones del gobierno federal y estatal, para que los michoacanos vivan con mayores niveles de paz.

¿En qué punto están los ciudadanos de este país que ahora resulta que los candidatos salen a las calles a pedir el voto para convertirse en gobernantes y en cuanto ganan y llegan a sus gobiernos, hacen de todo menos gobernar? A éstos, les llamo: “gobernantes sin deseos”. Son gobernantes que no desean gobernar, mas que en aquellos escenarios sencillos; los escenarios complejos, solo los administran, sin asumir riesgos.

Le pongo un ejemplo: piense usted en la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Claudia Sheinbaum. Ahora le ha dado por tomarse fotografías como afanadora en vagones o estaciones del metro o en autobuses de transporte público, porque esta gobernante tiene la idea de que así será asociada con el ciudadano común. Ella piensa que esto la hace quedar bien con la gente. Se equivoca.

Ahora los políticos y los gobernantes como esta señora, desean gobernar para mantener buena aceptación en las encuestas, desean gobernar para la foto y para generar una imagen de “gente buena”. Ya no quieren despeinarse gobernando. El problema de esto, es que este tipo de populismo solo está empeorando las cosas.

En materia de seguridad pública, la ciudad de México -como varios municipios de Michoacán- atraviesa momentos complicadísimos y sus gobernantes decidieron no asumir la responsabilidad que les exigen las leyes. Estos gobernantes sin deseos, han dejado de lado la toma de decisiones que implique riesgos.

De regreso a Michoacán, me pregunto: ¿qué pasa con los alcaldes de Michoacán que no se quieren coordinar con el Poder Ejecutivo de la entidad? Lo que está pasando, es que dejan al ciudadano “a fuego cruzado” entre los conflictos que tienen los grupos delincuenciales.

Su inacción, deja entre la espada y la pared a los michoacanos que claman por seguridad pública y no reciben apoyo. Y no me refiero a la participación de los alcaldes en delitos de alto impacto; me refiero a su actuación en delitos más de primera línea, aquellos menos estridentes, pero que igual alteran la vida de las personas y aceleran la descomposición de la moral pública y ciudadana.

Sencillamente, los alcaldes de Michoacán están obligados a cumplir con la Ley y buscar los escenarios más óptimos para beneficio de los michoacanos. En materia de seguridad pública, deben coordinarse con el Gobierno estatal y este a su vez, con el federal.

Vea usted de qué le hablo: el Artículo 21 de la Constitución Política federal es muy claro en este sentido, pues señala que: El Ministerio Público y las instituciones policiales de los tres órdenes de gobierno deberán coordinarse entre sí para cumplir los fines de la seguridad pública […]. No hay opción: los ayuntamientos michoacanos “deben” coordinarse.

Aún hay más.

Los municipios mexicanos son autónomos, ciertamente, pero aún y cuando lo son, están obligados los ayuntamientos en materia de seguridad a coordinarse y el Artículo 115 constitucional también lo deja muy claro al establecer que, los municipios tendrán como función la de: Seguridad pública, en los términos del artículo 21 de esta Constitución, policía preventiva municipal y tránsito; e […]. Sencillamente, remite al deber anterior.

Veamos más.

El Artículo 123 de la Constitución Política de Michoacán, también obliga a esta coordinación que no quieren tener los alcaldes. Esta disposición constitucional señala que es una facultad y obligación de los ayuntamientos la: Seguridad Pública, en los términos del artículo 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, policía preventiva municipal y tránsito […].

Una vez más, aparece la coordinación que deben tener, pero ahora en leyes estatales.

Ahora bien. ¿Por qué coordinarse entre ayuntamientos y el Gobierno estatal? La respuesta es sencilla: para prestar de mejor manera el servicio público de seguridad pública y la propia Constitución de Michoacán lo dice, al señalar en su Artículo 123 que: Cuando a juicio del ayuntamiento respectivo sea necesario, podrán celebrar convenios con el Estado para que éste, de manera directa o a través del organismo correspondiente, se haga cargo en forma temporal de algunos de ellos, o bien se presten o ejerzan coordinadamente por el Estado y el propio Municipio.

Aquí vale apuntar que los regidores de los ayuntamientos michoacanos deberían manifestarse públicamente y pedir -como autoridades que son-, que los alcaldes se coordinen con el Poder Ejecutivo para ofrecer mejor seguridad pública. A pesar de que queda “a juicio” del Ayuntamiento, el no aceptar pedir ayuda, es un suicidio y es perjudicar a la población. Los regidores prefieren no opinar y convertirse en copartícipes de la dura situación que vive la población.

Por último, la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública de Michoacán de Ocampo, una vez más obliga a la coordinación y lo que es mejor, protege a los ayuntamientos para evitar abusos en materia de seguridad pública de parte del Gobierno Federal o Estatal.

Mire, el Artículo 8° de esta Ley señala: Las autoridades municipales, encargadas de la Seguridad Pública, dentro de su ámbito, elaborarán los planes, programas, materias y actividades, mediante convenios generales o específicos de coordinación.

Aquí debemos decir que, sería muy importante conocer en lo posible esos planes y programas y considerar que existe la posibilidad de hacer convenios generales o específicos. No hacerlos, me parece soberbia o ceguera.

Ahora, veamos un candado justo de protección a los ayuntamientos. El Artículo 10 de la misma Ley señala que: La coordinación entre las Instituciones de Seguridad Pública del Estado y de los municipios se hará con respeto absoluto de sus atribuciones constitucionales.

Por lo tanto, hay que decir que los alcaldes no tienen por qué preocuparse, ya que quedan protegidos por las leyes.

Concluyo con una parte más de este Artículo 10, de la misma Ley, que establece: Los municipios podrán celebrar convenios con el Estado para que presten coordinadamente los servicios de seguridad pública, estableciendo la autoridad que asumirá el mando, o bien, convenir que el Estado los asuma totalmente en forma temporal cuando a juicio de los ayuntamientos sea necesario, fijando los mecanismos, medios, recursos, atribuciones y demás elementos y condiciones que se requieran […].

Si usted aprecia, la coordinación entre los alcaldes y el Gobernador no solo es una atribución de los presidentes municipales de Michoacán, también es una obligación (así lo establecen las constituciones), como lo es y debemos exigirle al Gobernador que busque y encuentre los mejores esquemas de coordinación con el Presidente de la República.

Los michoacanos no militantes o simpatizantes de partidos políticos no merecen que los alcaldes no quieran coordinarse o celebrar convenios de colaboración en materia de seguridad pública con el Poder Ejecutivo.

No hacerlo, simple y sencillamente se llama mezquindad y se apellida, electoral.

——————————-

* El autor, tiene estudios de doctorado en Política, de maestría en Ciencia Política, de maestría en Neuromarketing, licenciatura en Derecho y diplomado en Marketing Político.
www.esferacomunicacionestrategica.com.mx

SIGUE LEYENDO

Más recientes

Telegram