Por: Humberto Urquiza Martínez
En estos días el Senado de la República debatirá, y en su caso, aprobará una reforma constitucional en la que se modificará el modelo de consulta popular y se incorporará el mecanismo de la revocación de mandato.
En el primero de los casos, hay que recordar que actualmente existe la posibilidad de que diversas decisiones de órganos gubernamentales federales puedan ser consultados ante la ciudadanía, sin embargo, el diseño constitucional limita y hace nula cualquier oportunidad de encauzar, mediante dicho procedimiento, algunas decisiones públicas. El caso es concreto, es necesario permitir que las consultas se lleven a cabo en cualquier año y no solamente cuando exista proceso electoral federal, tiempo en el cual, la actual legislación permite que se lleve a cabo una consulta. Situación que por sí misma, hace social y políticamente poco atractivo sacar temas a la determinación pública, cuando se están desarrollando campañas electorales y cuando se elegirán a diversos cargos que normalmente se convierten en el centro de atención pública, desnaturalizando el sentido de la consulta popular.
Por ello, el primer elemento de reforma deberá de ser el tiempo para llevar a cabo una consulta, pero no es el único problema, deberán de reducirse y flexibilizarse los requisitos para que proceda dicho mecanismos, como es el número de firmas para solicitarlo, ello por una simple razón, es un mecanismo de participación ciudadana y por tanto, debe de estar al alcance de toda la sociedad, de lo contrario, seguirá siendo un mecanismos constitucional sin vigencia ni legitimidad social.
Respecto de la revocación de mandato, es una figura que dentro de la vida política ha generado muchas reacciones en contrario, la principal razón es el miedo que se ha tenido por la evaluación política que dicho mecanismo permite realizar a los servidores públicos que fueron electos popularmente.
La incorporación constitucional de la evaluación política con efectos de destitución es una herramienta social y políticamente necesaria, por lo que seguramente el debate de la incorporación constitucional de la revocación de mandato se enfocará en el cómo.
Ello tendrá que ser así, en razón de cuidar a la revocación del mandato, que seguramente será para todos los órdenes de gobierno, no se contamine con los procesos electorales y sea una verdadera herramienta de evaluación social y política, mediante procedimientos más rápidos, menos formalistas, mas cercanos a la sociedad, y menos burocráticos, como lo han sido en los últimos años los procesos de elecciones.
La incorporación de la revocación de mandato al sistema jurídico mexicano es una oportunidad de oro para hacer funcionar mecanismos informáticos en la votación de la revocación de mandato, con lo que se ahorraría no solamente recursos económicos, sino principalmente, se evitaría desgates sociales y políticos.
Es así que el debate en el Senado sobre la reforma constitucional para modificar la consulta popular e incorporar la revocación de mandato, se enfocará no en el si o no de la pertinencia de ambas, sino de cómo funcionarán las mismas.
La siguiente tarea será desenvolver una legislación secundaria que permita una verdadera funcionalidad de ambos mecanismos, y posteriormente, el reto será que la sociedad haga suya cada uno de estos mecanismos y los utilice en beneficio de los intereses sociales.