Por: Humberto Urquiza Martínez
Con la reforma de 2011 en materia constitucional, en la cual se integró un modelo basado en los derechos humanos y la fuerza normativa de la Constitución y el antecedente de las reformas de 1994, la Suprema Corte de Justicia de la Nación asumió el papel de protector de la norma suprema frente a cualquier poder público (federal, estatal o municipal) que pretenda violentarla.
De esa forma, cualquier acción de los poderes públicos se encuentran sometidos a la validez que otorga la Constitución federal, para lo cual, le corresponde a la Corte determinar en definitiva la validez de un acto o norma jurídica emitida por cualquier poder público.
Con la reforma de 2011, la Suprema corte inició una nueva época de interpretación y correspondió evolucionar a la 10ª época, misma que se centra en los derechos humanos y la validez de la Constitución.
Es así, que a partir de los hechos en Baja California con la Ley Bonilla que amplia el periodo de gobierno del titular del ejecutivo local, de 2 a 5 años, y con el capítulo de las declaraciones de la Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero (Ministra en Retiro) respecto de la validez jurídica de la ampliación del periodo de gobierno, la Suprema Corte tiene en sus manos, mediante Acción de Inconstitucionalidad, la posibilidad de la resolución de conflicto jurídico que ha escalado a lo político.
Es claro que la materia electoral se asume como de corte altamente político, sin embargo, ahora el sesgo político se encuentra en las declaraciones de la Secretaria de Gobernación quién dejó entrever lo que puede suceder en el máximo órgano de control constitucional en México. Ello en tanto la reforma ha cumplido con uno de los dos parámetros para que tenga validez, que se traduce en el procedimiento legislativo, esto es, la reforma cumplió con la participación de Congreso local y de los Ayuntamientos (al ser una reforma constitucional) y que pasó por alto todo lo relativo al proceso electoral; ante ello, el segundo elemento sustantivo para la validez de una ley es que la Corte, de ser impugnada la norma jurídica, valide su contenido a partir del cotejo que hace con la norma suprema mexicana.
Es así, que al día de hoy, está pendiente el segundo de los elementos y ante ello, la postura de la Secretaria de Gobernación destacan por lo siguiente, para que la Corte determine la invalidez de una ley, requiere el voto de 8 ministros de los 11, de no lograr ese número de votos, la ley se mantiene vigente. Actualmente dicho órgano jurisdiccional tiene solamente a 10 ministros (por la renuncia de Medina Mora, sin que se haya enviado la terna para suplirlo), 2 de ellos han sido designados en el último año, por lo que será interesante saber la postura del Presidente de dicho órgano frente a la posible inconstitucionalidad de la ley, por su abierta posición de conciliación con los poderes públicos entre ellos el Ejecutivo Federal.
De esa forma, las declaraciones de la encargada de la política interna pudieron ser un adelanto de lo que se puede esperar, o bien, un distractor para que el calentamiento del tema, sea el motivo para que el gobierno federal no intervenga a favor del gobierno de Bonilla emanado del mismo partido del gobierno federal.
Por ello, ante un escenario que tendría que ser netamente jurídico, se ha convertido en un asunto político en manos de un poder que debe de resolver conforme a la Constitución.