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Interpretaciones contrarias sobre retiro de toma de nota a dirigencia del SPUM


Raúl López Téllez

La dirigencia del Sindicato de Profesores de la Universidad Michoacana (SPUM), dio otra interpretación al fallo que retiraría la toma de nota al actual Comité Ejecutivo General (CEG), electo en noviembre del 2018, al haber ganado un juicio de amparo los impugnadores de la asamblea respectiva.
El pasado jueves, docentes que impugnaron el proceso de renovación sindical, anunciaron haber ganado el juicio de amparo que ordenaría a la Junta de Conciliación y Arbitraje a retirar la toma de nota, por presuntas irregularidades como la falta del quórum legal necesario para instalar la asamblea el 12 de noviembre del año pasado, cuando de acuerdo a los resultados de esa jornada y que no se impugnaron en su momento, resultó ganador el candidato de la Planilla Azul, Jorge Luis Ávila Rojas.
En un comunicado difundido en su página, el CEG del SPUM señala que el amparo concedido “es para el efecto de que el presidente de la Junta de Conciliación y Arbitraje, emita otro acuerdo en el que se examine si se encuentra impedido o no para resolver el recurso, y con libertad y plenitud de Jurisdicción emita otro acuerdo en relación a la toma de nota”, por lo que a su juicio, “el Comité Ejecutivo General tiene vigencia con plena personalidad”.
La toma de nota tiene que ser invalidada, de acuerdo con los impugnadores al actual CEG y quienes integraron en su momento las planillas Oro y Roja contendientes en el proceso de renovación, porque así lo determinaría la resolución emitida por el Tribunal Colegiado a quien correspondió el caso.
De acuerdo con el resolutivo, la sentencia emitida se tendría que ejecutar en un término de tres días hábiles, lo cuales vencerían el próximo lunes.

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