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#OPINIÓN // El proceso Electoral 2020-2021

Humberto Urquiza Martínez

Con el inicio del mes de septiembre, se inicia el proceso electoral en Michoacán en el que se renovarán todos los cargos electos por la vía popular. El cargo que más llama la atención es el de gobernador, sin embargo, estarán en juego más de mil espacios en los que los partidos políticos y en algunos casos la ciudadanía, postularán a candidatos propios de cada instituto político, en coalición o candidatura común, o de forma independiente.

El arranque del proceso electoral significa que inician formalmente los procedimientos que se deben de cumplir para poder elegir el primer domingo de junio de 2021, a todos aquellos cargos de elección popular.

Los principales responsables de cumplir con esos procedimientos son el IEM y el INE, así como los partidos políticos, y de forman subsidiaria se encuentran los órganos electorales jurisdiccionales, los que deberán de enmendar la plana en los casos en los que la actuación de los principales actores electorales se aleje de la legalidad.

Tanto el proceso local como el federal iniciaron en esta primera semana de septiembre y a pesar de que son actos formales, sin duda el inicio del proceso electoral se enmarca en el acuerdo emitido por el INE respecto de aquellas asociaciones que pretendían constituirse en partidos políticos, destacando tres casos:

  1. Encuentro solidario, antes encuentro social, asociación que fue la única opción que obtuvo el registro de partido político. Dicha organización, por los datos proporcionados por el propio INE, tuvo la intervención de integrantes de Iglesias en algunas de las asambleas para constituirse como partido. Lo que pone sobre la mesa el viejo debate de la intervención de la Iglesia (s) en actividades electorales, que si recordamos ha producido la anulación de elecciones.
  2. Redes sociales progresistas A.C., a la que se le negó el registro por haberse acreditado la intervención de integrantes del sindicato de trabajadores de la educación vinculados al que fuera partido Nueva Alianza, violentado el artículo 41 de la Constitución federal.
  3. Libertad y responsabilidad democrática -México Libre-, el cual no pudo acreditar el origen de una parte de su financiamiento para el financiamiento de las actividades que se requerían para poder constituirse en partido político.

Esos tres casos encabezaron el debate político del futuro del sistema de partidos durante los siguientes 6 años -ya que, por ley, no se puede solicitar el registro de un partido político, sino un año antes de la elección de ejecutivo federal o local-, ello no solamente por el incremento que pudo haber tenido el sistema de partidos, si no, principalmente, por la forma de su creación y la intervención de agentes que están prohibidos en la ley.

Sin duda la determinación del INE fue acertada, con la excepción del primer caso, en el cual, debió seguir el mismo destino que los otros casos, relativas al no registro, ya que la relación entre ideología religiosa y elecciones es algo totalmente prohibido y una de las características del sistema político en México.

La determinación del INE no es definitiva, veremos la posición del Tribunal Electoral, por lo que no podríamos tener un ambiente más denso e incierto para el inicio del proceso electoral.

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