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Sanciones de multas y cárcel, contempla ley de uso obligatorio de cubrebocas

-La iniciativa plantea invadir el ámbito privado

Por: América Juárez Navarro / Metapolítica

Morelia, Mich., Sanciones que van desde multas de 2 mil 400 pesos, hasta la cárcel, son las que se plantean en la iniciativa de Ley que regula el uso de cubrebocas en el estado de Michoacán, que hizo llegar el Ejecutivo Estatal al Congreso del Estado, que incluso prevé invadir el ámbito privado, como son reuniones en casa, y en las unidades vehículares de particulares.

La propuesta que deberá ser analizada por comisiones, contempla sanciones que establece la ley, son la amonestación, multa de 10 a 30 UMAS, clausura temporal o definitiva del negocio, y arresto administrativo de hasta 36 horas, dichas penas podrán ser conmutadas por trabajo comunitario.

Los sujetos a esta ley y el ámbito de su aplicación son establecimientos públicos, privados, transporte público y particular, así como en la vía pública.

En el caso de los establecimientos particulares y privados se instituye que comercios, industrias, negocios de servicos, y los asistentes a los mismos están obligados a portar el cubrebocas en horario de trabajo. En las oficinas públicas, de los poderes Ejecutivo, Judicial y Legislativo, municipios, tanto funcionarios públicos, como personas que acudan a pedir un servicio deben portar el cubrebocas y seguir los protocolos sanitarios.

En las reuniones privadas y espacios cerrados, también se ordena usar este aditamento, así como en el transporte público, los prestadores del servicio y los usuarios, deben portar cubrebocas, así como en el transporte particular cuando vayan más de dos personas.

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