Por David Alejandro Delgado Arroyo
Morelia, Michoacán.- El pasado 25 de marzo, el Consejo General del INE tomó el Acuerdo por el que se aprueban las recomendaciones para el desarrollo de campañas políticas que podrán seguir los partidos políticos nacionales y candidaturas independientes en el marco de la contingencia sanitaria por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
Dentro de los puntos de Acuerdo destaca el Segundo que a la letra dice: “Se exhorta al Consejo de Salubridad General a emitir los Lineamientos sanitarios que sean aplicables para las campañas que se desarrollen en el marco del Proceso Electoral federal 2020-2021 y concurrentes”.
Pero ¿Qué es el Consejo de Salubridad General?. Es un órgano de Estado con fundamento Constitucional, que aparece en el artículo 73, fracción XVI, base 1ª, 2ª y 3ª, al referir que el “Consejo de Salubridad General dependerá directamente del Presidente de la República, sin intervención de ninguna Secretaría de Estado, y sus disposiciones generales serán obligatorias en el país”. “En caso de epidemias de carácter grave o peligro de invasión de enfermedades exóticas en el país, la Secretaría de Salud tendrá obligación de dictar inmediatamente las medidas indispensable, a reserva de ser después sancionadas por el Presidente de la República”. “La autoridad sanitaria será ejecutiva y sus disposiciones serán obedecidas por las autoridades administrativas del País”.
El artículo 140 de la Ley General de Salud dice que las autoridades no sanitarias cooperarán en el ejercicio de la acción para combatir las enfermedades transmisibles, estableciendo las medidas que estimen necesarias, sin contravenir las disposiciones de esta Ley, las que expida el Consejo de Salubridad General y las normas oficiales mexicanas que dicte la Secretaría de Salud.
Todo ello deriva de las propuestas que fueron aceptadas al diputado constituyente del 17 Médico y Militar José María Rodríguez y Rodríguez, quién llegó al Constituyente de Querétaro luego de que fue Presidente del entonces Consejo de Salubridad general de 1914 a 1916, por lo que en su intervención ante el pleno del Constituyente, en su sesión del 18 de Enero de 1917 pidió la unidad de mando y de dirección para el Consejo de Salubridad General, así como pasar de su carácter consultivo a hacer efectivas sus disposiciones.
Actualmente esta integrado por un presidente que es el Secretario de Salud, un secretario y trece vocales titulares, dos de los cuales son los presidentes de la Academia Nacional de Medicina y de la Academia Mexicana de Cirugía y los vocales que son el Secretario de Hacienda y Crédito Público, el Secretario de Desarrollo Social, el secretario de medio Ambiente y recursos Naturales, el Secretario de Economía, el Secretario de Agricultura, ganadería, Desarrollo Rural, pesca y Alimentación, el Secretario de Educación Pública, el Titular del IMSS, el titular del ISSSTE, el Director General del DIF y el rector de la UNAM. Además cuenta con otros 19 Vocales. Pero su Reglamento Interior no ha sido actualizado conforme a la nueva conformación de la administración pública federal.
De hecho el propio Acuerdo del Consejo General del INE reconoce que el Consejo de Salubridad General es la autoridad competente para emitir los Lineamientos sanitarios aplicable, como sucedió el 2 de mayo de 2009 cuando el citado Consejo emitió el “Acuerdo por el que se recomienda la implementación de lineamientos sanitarios para los periodos de campañas electorales y capacitación para contribuir a la mitigación de los efectos del brote de influenza epidémica mientras dura el estado de emergencia” .
En consecuencia el Acuerdo del Consejo General en mención es preciso en establecer los límites del mismo: “…el Instituto, aun cuando debe proteger y garantizar los derechos humanos como es el derecho a la salud, debe hacerlo conforme a sus atribuciones, por lo que estas recomendaciones no son vinculantes, ni derivan de ellas obligaciones adicionales que deban ser supervisadas por esta autoridad”.
Las recomendaciones además de referir lo que ya debería de estar consolidado en la conciencia de cada persona en tiempos de Covid-19, señala algunas referencias que es importante destacar: Priorizar otras vías de acercamiento con el electorado: redes sociales, transmisiones en vivo a través de diversas plataformas, promover eventos con otros actores por medio de plataformas virtuales; privilegiar actos de campaña en espacios abiertos de acceso controlado; uso obligatorio de cubrebocas en todo momento, del orador; guardar silencio, en la medida de lo posible, para evitar la dispersión de saliva; sana distancia de 1.5 metros inclusive para las personas integrantes del presídium y colocar un micrófono por persona; evitar saludos de mano o cualquier tipo de contacto corporal; evitar el uso de vehículos compartidos; limitar los niveles de música y audio para que permitan hablar a las personas sin gritar o sin aproximarse para escucharse; evitar el consumo de alimentos durante el desarrollo de la actividad o evento; entre otras.