Por Humberto Urquiza Martínez
Morelia, Michoacán.- El inicio de las campañas electorales a partir del 4 de abril, abre otro momento importante del proceso electoral en el que la opinión pública y medios de comunicación, así como la ciudadanía y demás actores electorales, enfocan su atención en los candidatos de los diversos partidos políticos que buscan ganar la elección.
Consecuentemente, la ley electoral establece restricciones y libertades en materia de comunicación política.
Después de un largo periodo de intercampañas, finalmente se permite que los partidos políticos, candidatos, militantes y simpatizantes puedan realizar actos de campaña, como reuniones públicas o bien difundir propaganda electoral, con el objetivo de convencer al ciudadano que los candidatos de los diversos institutos políticos o los independientes, en su caso, son la mejor opción para gobernar los siguientes 3 y 6 años.
Por otro lado, con el inicio de las campañas, los diversos órdenes de gobierno y todas las instituciones públicas, incluyendo órganos autónomos, tienen prohibido hacer cualquier difusión de actividades que puedan generar cierto apoyo o perjudicar a algún partido o candidato durante la campaña, ello en tanto se podría afectar el principio de equidad. La restricción tiene 4 excepciones: materia electoral (autoridades electorales), educación, salud y protección civil. Destaca de lo anterior, el caso del tema de salud, ya que la pandemia pondrá en jaque a las autoridades electorales frente a su obligación de garantizar la legalidad, imparcialidad y equidad en la contienda.
Es así que, con el inicio de las campañas electorales el espectro público se abre solamente para temas electorales, por lo que cualquier difusión gubernamental se prohíbe y se sanciona, no solamente al servidor público que lo haga, sino incluso, a los medios de comunicación que lo difundan.
Sin duda que el modelo de comunicación política en nuestro sistema electoral es radical y complejo, en precampaña nada de publicidad ni movimientos políticos de precandidatos; y en la etapa de campaña, nada de difusión de las entidades gubernamentales.
Es claro que el objetivo del modelo es evitar la violación del principio de equidad mediante el uso de recursos públicos en campañas, así como una promoción indebida que rompa con las condiciones de competitividad; sin embargo, el tema más sensible será el caso de los candidatos que están jugando la reelección, quienes, si bien como autoridades no podrán hacer ninguna difusión, la pregunta es ¿qué pasará con los temas de salud, en los que todos “pueden” opinar como autoridades? La respuesta estará en cada uno de los casos y en cada uno de los criterios que emitirán las respectivas autoridades electorales, tanto administrativa como jurisdiccional.
Resulta evidente que en el proceso electoral en el que se renovarán más cargos en la historia del sistema electoral en México, uno de los pendientes que seguramente será motivo de reforma en los siguientes años, es el tema de la reelección y las restricciones en propaganda gubernamental o bien, de propaganda de campaña. Es evidente que las reglas para difundir a quien pretenda la reelección, así como las relativas a la actuación de los servidores públicos que quieran reelegirse, como es el caso de entrega de programas sociales (obviamente sin difusión) deberán de cambiar o el principio de equidad será historia.