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Prepara TJAM Código de Justicia Administrativa comentado

Redacción

Morelia, Michoacán.- Los magistrados, jueces, secretarios y coordinadores del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán (TJAM) preparan un Código de Justicia Administrativa comentado.

Para ello, participan de sesiones conjuntas de trabajo cada semana, donde se analizan y discuten los contenidos del Código el cual, por cierto, fue publicado en el Periódico Oficial del Estado un 23 de agosto de 2007, y desde entonces ha sufrido algunas reformas y modificaciones, la más reciente publicada el 17 de octubre de 2018.

“Contar con un Código comentado permite conocer la opinión de sus operadores; tanto de quienes imparten justicia administrativa, como de quienes la buscan”, expresó el magistrado presidente del TJAM, J. Jesús Sierra Arias.

En esa medida, añadió, “buscamos contar con un referente sobre cómo se aplica, o de cómo se ha interpretado el contenido de cada artículo del Código, incluyendo criterios jurisprudenciales emitidos por Tribunales federales en nuestra materia”.


Durante la sesión de hoy, los integrantes del TJAM analizaron algunos apartados del Código, que cuenta con 325 artículos además de los transitorios; así como los esquemas de trabajo compartido para tenerlo listo para la imprenta antes de que concluya el presente año.

Vale señalar que, hasta el momento, sólo se ha publicado una edición del Código de Justicia Administrativa del Estado de Michoacán comentado, el del abogado José Padilla Alegre, que data de 2018.

La pertinencia de un trabajo como éste va más allá de la propia comunidad jurídica relacionada con la justicia administrativa en Michoacán, ya que también “resulta útil para las nuevas generaciones de abogados, para los litigantes de otras entidades y, para los ciudadanos, a fin de que conozcan la norma que avala el ejercicio de sus derechos ante las autoridades”, indicó el presidente del TJAM.

Además, aun cuando tiene apenas 13 años de existencia, este Tribunal presenta avances importantes en materia de competencia jurisdiccional ya que, por ejemplo, puede juzgar los actos administrativos de los tres Poderes del Estado; cuenta con juzgados de segunda instancia en materia administrativa y, tiene un Juicio en Línea en funcionamiento, lo cual no ocurre con otros órganos jurisdiccionales de su tipo.

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