Triunfo progresista: Corte invalida objeción de conciencia sobre aborto

Metapolítica

Morelia, Michoacán.- Los ministros del Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), por 8 votos a favor, determinaron procedente y fundada la inconstitucionalidad e invalidaron el artículo 10 bis de la Ley General de Salud, que contiene el derecho de la objeción de conciencia.

Además, exhortaron al Congreso de la Unión a legislar sobre los límites y alcances de la objeción de conciencia.

El ministro ponente, Luis María Aguilar Morales, evidenció que en las discusiones no se incluyeron los artículos transitorios, más que al principio del proyecto; por lo cual se acordó que se incluyan en los efectos por extensión.

Aguilar Morales propuso que se notificara no solo al Congreso de la Unión, sino también al poder ejecutivo y a las legislaturas de las entidades federativas, la creación de lineamientos en caso de emitir una nueva legislatura, de manera que la objeción de conciencia sanitaria cumpla con “un piso mínimo de principios”.

“La Constitución es la que les concede el derecho a excusarse, siempre y cuando se cumpla con los límites que la misma Constitución propone”, señaló.

Con información de Animal Político