Genaro García Luna consigue amparo para que sus propiedades no sean vendidas por el Indep

Metapolítica

Ciudad deMéxico.- Genaro García Luna consiguió ampararse para que tres inmuebles de su propiedad en la Ciudad de México y el estado de Morelos, los cuales fueron asegurados por la Fiscalía General de la República (FGR), no sean transferidos ni rematados por el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado (Indep).

Los magistrados del Octavo Tribunal Colegiado en Materia Penal en la Ciudad de México, Taissia Cruz Parcero, Elisa Macrina Álvarez Castro y Jorge Isaac Lagunes Leano, confirmaron lo anterior, y mencionaron que mediante la sentencia de un juez federal se concedió al exfuncionario la suspensión definitiva para que sus propiedades se mantengan en el estado actual.

Además, la resolución impide que sus propiedades se pongan a disposición de terceros.

“No se disponga en favor de terceros debe entenderse en el sentido de la prohibición de que las potestades responsables realicen actos de dominio en cuanto a dichos inmuebles, esto es, no los enajenen o realicen actos traslativos de la propiedad respecto de los mismos, tal como lo dispone el artículo 232, primer párrafo, in fine, del Código Nacional de Procedimientos Penales”, señalan.

García Luna, preso en Estados Unidos por presuntos vínculos con el crimen organizado, fue secretario de Seguridad Pública durante el gobierno de Felipe Calderón.

Según información de Proceso, “lo anterior no impide que la autoridad ministerial responsable ordene la transferencia respectiva para los efectos de su administración, custodia y conservación en favor del Indep dependiente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, que resulta ser la autoridad competente para tal efecto, en los términos que lo dispone el artículo 1, fracción I de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público”.

La resolución resalta que “el efecto concesorio no implica que en caso de que el Ministerio Público, con motivo de la integración de la indagatoria determine consignar los hechos investigados a la autoridad jurisdiccional competente, se encuentre impedido para dejar a disposición de esta los referidos bienes, pero deberá hacerle del conocimiento la presente medida suspensional, e informar de inmediato a este órgano de control de la constitucionalidad, en la hipótesis de que dicha circunstancia acontezca”.

Con información de Proceso