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PRD, sin pies ni cabeza: INAI lo obliga a informar quién es su presidente nacional

Metapolítica

Ciudad de México.- El PRD está obligado a informar quién es su presidente nacional y entregar su declaración patrimonial y de impuestos.

Así se lo ordenó al partido el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

El liderazgo perredista recae en la figura de Jesús Zambrano Grijalva, quien ha sido la cara en los acuerdos con la coalición Va por México, conformada por el PRI, el PAN y el propio PRD, convocada por el empresario Claudio X. González Guajardo.

Según un proyecto del comisionado Oscar Guerra Ford votado en el Pleno del INAI, el PRD no respondió en los tiempo que marca la legislación a una solicitud de transparencia en la que una persona pidió conocer el nombre del dirigente del partido, así como su sueldo y prestaciones anuales, además de su declaración de impuestos y la patrimonial.

Lo anterior, aunque el PRD debería contar ya con esos datos.

Sin embargo, el PRD respondió a la persona solicitante que no iba transparentar las declaraciones de impuestos ni la patrimonial al argumentar que en el sol azteca no hay una figura “dirigente”, explicando que los cargos de representación y direcciones son de carácter honorífico.

Para el INAI esta respuesta fue equiparable a no haber atendido la solicitud, ya que no precisó el nombre de quien encabeza el partido, sin importa sin su denominación es honorífica.

En torno a las declaraciones de impuestos y patrimonial de quien dirige al PRD, el INAI dijo que el partido no aclaró que esos documentos no existieran, pero que el envió no procedía puesto que la persona que desempeña el cargo de presidente nacional no percibe un sueldo o prestaciones por ello.

“Se sabe que el sujeto obligado cuenta con dichas declaraciones de su presidente nacional, dado que la normatividad así lo pide, por lo que no importa la forma en que se haya hecho de la información, lo importante es que sí obran en sus expedientes, dado que así lo marca la normatividad, por lo cual estos debieron ser entregados al particular y no informar que era improcedente el envío”, expuso el comisionado Guerra Ford.

A casi 20 años de la implementación del derecho de acceso a la información en México, agregó, “los sujetos obligados a veces actúan de una forma que no es correcta ni expedita”.

Con información de Sin Embargo 




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