Juan Adolfo Montiel H.
El artículo 32 de la Ley Federal de Revocación de Mandato establece que la difusión de la consulta a la Revocación de Mandato (RM) deberá concluir hasta tres días previos a la fecha de la jornada de votación, es decir, que Instituto Nacional Electoral (INE) encargado de la difusión ya no lo puede realizar.
En la pasada sesión del INE, el consejero presidente Lorenzo Córdova Vianello lamentó que se tuviera que aprobar el proyecto de acuerdo para suspender la difusión, pero “se acatará la ley aunque no tenga sentido la ley” que establece una serie de prohibiciones, “que es absurda, porque durante tres días no se va a promover un ejercicio de participación ciudadana”.
El acuerdo aprobado determina que, a partir del jueves 7 de abril concluirá la difusión en radio y televisión del proceso de RM y continuará con la publicación por todos los medios de comunicación social de la información necesaria para garantizar el ejercicio del derecho de participación ciudadana en dicho proceso.
Además, señaló el consejero presidente que hacía votos porque ese sin sentido fuera producto de “un trabajo legislativo precipitado y no una trampa a la autoridad electoral impidiéndole la promoción para después reclamarle públicamente, como hemos venido viendo, de manera falaz, mentirosa y tan sistemática que no puedo no pensar que es hasta dolosa, de que este Instituto no está promoviendo el ejercicio”. Por ello, se debe aclarar a la ciudadanía que el INE no va a poder promover en estos días la RM porque lo decidieron los legisladores.
Que el INE ya no pueda hablar de la RM, que lo deje de difundir previo a la jornada de votación, es considerar que el Instituto no es la autoridad encargada de la organización y también de difundir para la participación en el sentido que cada ciudadana y ciudadano lo decida; es pensar que el INE fuese un actor o tuviera un interés particular para que los resultados se dieran en uno u otro sentido, cuando el INE se prepara para que la ciudadanía cuente con las mejores condiciones posibles para que pueda ejercer su derecho político a participar en la RM.
Por otro lado, es lamentable como las y los servidores públicos han dejado mucho que desear en términos democráticos y de cultura de la legalidad, una y otra vez han hecho caso omiso de las determinaciones de la autoridad administrativa y jurisdiccional electoral sobre las sanciones y apercibimientos en la difusión del ejercicio. Algo que no se había visto antes.
Estos procesos han quedado lejos de poder ser considerados verdaderos ejercicios ciudadanos que busquen abrir el debate público para la toma de decisiones, pues en todos los casos hemos estado ante caprichos políticos que tienen como finalidad capitalizar la popularidad de quien los propone y buscar adeptos electorales.
La revocación de mandato es otra oportunidad perdida para transitar con paso firme hacia una auténtica democracia directa en la que se ponga a la ciudadanía en el centro de la toma de decisiones públicas.
El INE cumplió con su obligación de difundir de forma objetiva, imparcial y con fines informativos, en radio como en televisión, en los tiempos que le corresponden a la autoridad electoral nacional y estatales, pero también en medios impresos, sitios de internet, mecanismos de publicidad alternativa como bardas, carteles, cartelera, pantallas digitales, parabuses, vallas fijas y móviles, redes sociales, además de los foros nacionales, estatales y distritales, así como un largo etcétera.
La difusión del INE no ha estado dirigida a influir en las preferencias de la ciudadanía en favor o en contra de la RM.