David Alejandro Delgado Arroyo
“Cada cabeza es un mundo” es un conocido refrán que refiere una realidad en la convivencia humana, nuestros pensamientos y nuestras opiniones son producto de las biografías de cada persona, que en su interacción con las otras personas, con su adquisición de conocimientos, con los impactos de sus experiencias, con su relación con el entorno va formando sus ideas y convicciones.
La naturaleza social de las personas genera otro nivel de identificación de grupos, por lo que en las sociedades contemporáneas se pueden ubicar diversos tipos de agregaciones en términos de oficios, de ingresos, de educación, de origen regional, de identificación de género, de objeto de reivindicación, etc., lo que determina una compleja constelación de intereses, concepciones, puntos de vista, ideologías, proyectos, etc.
A su vez, todo lo anterior se refleja en la arena política, donde grupos de la sociedad se convierten en grandes agregadores de intereses que se convierten en un sistema político en partidos políticos, con concepciones diferentes de proyecto de sociedad.
De manera que la democracia debe partir de reconocer esa pluralidad, por lo que cualquier tentación integrista o ideológica de generar una homogeneidad absoluta debe evitarse.
Por ello, introducir en el debate político responsabilidades penales como la Traición a la Patria a quienes no opinan igual, aun cuando se trate de la Soberanía, que parece olvidarse que la Soberanía Nacional reside en el Pueblo (artículo 39 Constitucional) y se ejerce por medio de los Poderes de la Unión (artículo 41 Constitucional); por lo que debe preocuparnos en términos de quienes tenemos la convicción relacionada con una sociedad democrática, ya que como lo estableció la Comisión de Quejas y Denuncias del INE, ayer 27 de abril, se convierte en una calumnia al no estar acreditada la pena, además de una incitación al odio y a la violencia.
Además, es imperativo referir que la Ley General de Partidos Políticos establece en su artículo 25 que son obligaciones de los partidos políticos: “a) Conducir sus actividades dentro de los cauces legales y ajustar su conducta y la de sus militantes a los principios del Estado democrático, respetando la libre participación política de los demás partidos políticos y los derechos de los ciudadanos”.
En consecuencia, la Comisión de Quejas y Denuncias del INE ordenó en sede cautelar al presidente nacional de Morena, Mario Delgado Carrillo, y al partido Morena para que, de inmediato, en un plazo que no podrá exceder de tres horas, realice las acciones, trámites y gestiones necesarias y suficientes para eliminar las publicaciones denunciadas alojadas en Twitter, así como de cualquier otra plataforma electrónica o impresa bajo su dominio, control o administración.
Pero además, es importante recordar el artículo 61 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, misma que establece lo siguiente: “Los diputados y senadores son inviolables por las opiniones que manifiesten en el desempeño de sus cargos, y jamás podrán ser reconvenidos por ellas. El Presidente de cada Cámara velará por el respeto al fuero constitucional de los miembros dela misma y por la inviolabilidad del recinto donde se reúnan a sesionar”.
Esta disposición constitucional es básica como esencia del Poder Legislativo, su redacción es prácticamente la misma en su primer enunciado desde la Constitución de 1824, particularmente en el entonces artículo 42; misma que fue reiterada por la Constitución de 1857, en su artículo 59.
Inclusive, es importante referir que el artículo sexto Constitucional que se refiere al derecho a la libre manifestación de las ideas, establece que “Toda persona tiene derecho al libre acceso a información plural y oportuna, así como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión”, pero el límite es que no ataque a la moral, la vida privada o los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público.
En suma, como lo dirían Luis Salazar y José Woldenberg en el primer número de los Cuadernos de Divulgación Democrática del IFE, ahora del INE: “Ese pluralismo, además, permite no solo relativizar las certezas políticas, sino que teóricamente obliga a un procesamiento más cuidadoso y racional de los asuntos públicos…”.