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Sin denuncia no abatiremos la corrupción: Hugo Gama

Redacción

Zamora, Michoacán 31 de mayo de 2022. “Los actos de corrupción no dañan al servidor público que los comete, ni tampoco al particular que participa de ellos, pues ambos obtienen un beneficio; pero sí dañan a la sociedad en su conjunto, porque socavan el Estado de derecho y propician la violación de derechos humanos, entre otros muchos efectos perniciosos”, advirtió el magistrado Hugo Gama Coria.
Ante los alumnos y profesores del Tecnológico Nacional de México Campus Zamora, el magistrado integrante del Tribunal de Justicia Administrativa de Michoacán (TJAM) sustentó la conferencia: “Principios generales del Sistema Anticorrupción”.
Ante estudiantes de la División de Contabilidad y directivos del Tecnológico, planteó la importancia de la denuncia ciudadana para combatir la impunidad en torno a este fenómeno, tanto en nuestra entidad como en el país.
La corrupción, dijo, es un problema mayor en entidades como la nuestra donde la incidencia en actos y conductas de esta naturaleza es muy alta. Por ejemplo: “en 29 mil 716 habitantes, de cada 100 mil, al realizar trámites administrativos”, según la Encuesta Nacional de Impacto Gubernamental (ENCIG 2021) del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.
La corrupción inhibe incluso las posibilidades de desarrollo, si consideramos que “durante el año anterior, el país perdió alrededor de 9 mil 500 millones de pesos por estas prácticas”, indicó el magistrado titular de la Cuarta Sala Especializada Anticorrupción y Responsabilidades Administrativas.

Cómo abatirla
Tras exponer algunas definiciones sobre qué es la corrupción en las Convenciones internacionales y los Tratados de Naciones Unidas, el maestro Gama Coria explicó que, a raíz de una serie de reformas constitucionales, de 2015, nuestro país cuenta con un Sistema Nacional Anticorrupción, que tiene pares en todas las entidades federativas.
Dichos sistemas están sustentados en un andamiaje normativo que define, establece y sanciona, “por primera vez en México, delitos de corrupción cometidos por servidores públicos y, también como novedad, por particulares”, destacó.
Entre otros, el magistrado Gama Coria definió los delitos de peculado, cohecho y desvío de recursos que, en el marco del derecho administrativo, son establecidos como Faltas Graves por lo que las sanciones correspondientes no sólo son administrativas, sino también económicas y, si así lo amerita, de privación de la libertad para quien las comete.
Por otra parte, el Sistema Nacional y los Sistemas Estatales Anticorrupción se conforman con la participación de entidades de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como de las contralorías –federal o estatales– los Ayuntamientos y los órganos autónomos, como el propio TJAM.
Y, sin embargo, ni el andamiaje jurídico ni la colaboración interinstitucional en torno al combate a la corrupción será suficientes si no participan los ciudadanos, subrayo el magistrado:
“Si no se da también la participación de la sociedad no podremos lograrlo. La denuncia en los casos de corrupción es determinante, porque el Estado mexicano no puede accionar sus mecanismos a priori si no hay una denuncia de por medio”.
En ese sentido, expuso que todas las dependencias de la administración pública, de los tres niveles de Gobierno, así como los organismos autónomos y las entidades de los Poderes del Estado tienen órganos de control interno a los cuales puede acudir la ciudadanía para denunciar actos de corrupción.
Y concluyó: “Si no se denuncia difícilmente avanzaremos en nuestro objetivo”.

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