SCJN invalida “derecho a la vida desde la concepción” en Aguascalientes; sienta precedente

Metapolítica

Morelia, Michoacán.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sentó un precedente este lunes al invalidar el derecho a la vida desde la concepción, contenido en una frase del Artículo 2, párrafo cuarto, de la Constitución del Estado de Aguascalientes.

Esta porción habla sobre proteger la vida “desde su concepción hasta la muerte natural”, del citado artículo aprobado en el congreso local en febrero del 2021, y que entró en vigor un mes después.

Esta iniciativa era recopilatoria de una propuesta ciudadana del Frente Nacional por la Familia, sin embargo, el Tribunal Pleno de la Corte apuntó que las entidades federativas no tienen la facultad para modificar el concepto definitorio de “persona” en las constituciones locales.

“La Corte precisó que la norma impugnada podía comprometer el ejercicio de los derechos a la autonomía reproductiva, vida, igualdad, salud e integridad personal de las mujeres y personas gestantes (hombres trans y personas no binarias)”, sentenció la SCJN en un comunicado.

Tras la aprobación de la iniciativa, colectivas feministas acompañadas por la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) demandaron invalidar este fragmento.

Esto sentará un precedente para otras legislaturas locales que pretendan incluir alguna frase que reconozca derechos a embriones o fetos.

Con información de El Financiero