Por Araceli Gutiérrez Cortés
Entre las pocas cosas permitidas que las y los candidatos podrán hacer en sus campañas de cara a las próximas elecciones, será el asistir a foros de debate o espacios académicos, pero estos foros también deben cumplir ciertas reglas para no caer en prohibiciones o condiciones de inequidad, que posteriormente pudieran ser sancionables.
Una parte fundamental es que los foros de debate deberán ser organizados y brindados gratuitamente por los sectores público, privado o social, como por ejemplo las universidades, los sindicatos gremiales, las organizaciones de abogados, contadores, las organizaciones civiles de defensa de los derechos de las mujeres, personas indígenas, etc., y en todos los casos deben garantizar condiciones de equidad.
Para tal efecto, deben extender con la anticipación necesaria y en condiciones de igualdad la invitación por escrito a la totalidad de las candidaturas registradas que compitan por el mismo cargo y dentro del mismo marco geográfico y podrán realizarse siempre que participen al menos el cincuenta por ciento de ellas en dicho ejercicio.
El objetivo deberá ser, exponer y confrontar entre sí sus propuestas y planteamientos, a fin de difundirlos como parte de un ejercicio democrático, bajo un formato previamente establecido y con observancia de los principios de equidad.
En caso de que, por el número de personas que acepten participar en estos foros, sea complejo la realización de un solo foro de debate, a efecto de garantizar el correcto desarrollo de dichos ejercicios, estos podrán realizarse de manera escalonada y en tantas rondas como sea necesario, siempre que no repita ningún participante y se les permita a todas las personas candidatas que manifestaron su intención de participar, hacerlo bajo las mismas modalidades y tiempo en todos los casos.
El orden para la participación de las personas candidatas en los foros se determinará por sorteo para garantizar la equidad. Además, las personas organizadoras deberán asegurar espacios de participación y tiempos equitativos para todas las personas candidatas asistentes, formulando preguntas relacionadas exclusivamente con las temáticas permitidas en el periodo de campaña.
Lo anterior, con la previsión de que no se deben repetir las personas candidatas que asistan a los foros en un mismo programa de debate, es decir, si el espacio donde se desarrolla el foro es transmitido semanalmente, en cada semana deberán ser diferentes candidaturas.
Las personas moderadoras, presentadoras o entrevistadoras deberán mantener una posición neutral que permita a la ciudadanía conocer y comparar libremente. Y, la promoción que realicen los poderes públicos sobre los foros y debates que organicen deberá ser neutral, sin que a través de ésta se resalte el nombre, imagen o propuesta de alguna candidatura sobre otras, o bien que pueda privilegiarse a una candidatura en específico con más anuncios, infografías en redes sociales o medios digitales.
Los organizadores deberán invitar a candidaturas mujeres y hombres en condiciones de igualdad, y deberán hacer de conocimiento a las candidaturas en general que su actuación durante la actividad será documentada, y que podrían ser del conocimiento del INE.
En ese sentido, el lugar en el que se lleve a cabo el foro o mesa de debate, en caso de que se admita público, debe ser abierto a la población en general, sin que puedan existir lonas o pantallas móviles en las que se difunda la imagen o nombre de las personas candidatas en lo individual, de manera que las personas organizadoras deberán en la medida de lo posible, transmitir la actividad vía digital a través de redes sociales o medios digitales.
La regulación de estos eventos llega a tal grado que, quien organice un foro, no deberá proporcionar alimentos o cafetería a los asistentes, en concreto cualquier hecho o circunstancia que afecte la equidad, es decir, entregar bien, servicio o utilitario, y el espacio físico en el que se desarrollen los foros o mesas de debate son solo para escuchar a las candidaturas, sin mayor accesorio físico (flores, alimentos, etc.), entre otros.
Además de lo anterior, los organizadores de los foros deberán informar al INE del evento en dos momentos: de manera previa, en el que hará de conocimiento las particularidades del evento, la fecha de realización prevista, aforo estimado, así como la evidencia documental en el que conste que todas las candidaturas a un mismo cargo fueron invitadas; y, de manera posterior a la realización del evento, deberá informar sobre el aforo obtenido, candidaturas participantes, así como los materiales del desarrollo de la actividad a través de los medios adecuados para su consulta.
También es fundamental destacar que no está permitida la organización de foros por parte de dependencias o entidades responsables de la ejecución de programas que impliquen la entrega de un beneficio social directo a la población. Tampoco podrán participar como moderadoras las personas servidoras públicas, operadoras de programas sociales y de actividades institucionales adscritas a esas instituciones, ni las personas servidoras de la nación.
Finalmente, no olvidemos que habrá veda electoral, esto significa que durante los 3 días anteriores a las elecciones, es decir, 29, 30 y 31 de mayo, queda prohibidos los foros de debate y la difusión de la imagen y nombre de cualquier candidatura. La aparición de las candidaturas en estas fechas podría ser considerada como propaganda electoral y podrá ser sancionada.
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