Con 31 votos a favor, el Legislativo oficializó el convenio que redefine 33 kilómetros de frontera y traslada equipamiento urbano clave.
Zuhey Medina / Metapolítica
Morelia, Michoacán.- El Congreso de Michoacán aprobó este miércoles, con 31 votos a favor y una abstención, la reforma a la Ley Orgánica de la División Territorial del Estado para modificar los límites entre los municipios de Morelia y Charo. Esta resolución ratifica el convenio intermunicipal firmado el 17 de septiembre de 2025, el cual redefine una extensión de 12.2 kilómetros dentro de una línea fronteriza total de 33.17 kilómetros.
La reconfiguración territorial establece que infraestructuras de alto impacto social y económico, anteriormente en disputa o bajo jurisdicción compartida, quedan totalmente integradas al municipio de Charo. Entre estos inmuebles destacan el Hospital General Regional No. 1 del IMSS, el Recinto Ferial Michoacán y el Centro de Adiestramiento Regional de la XII Región Militar, los cuales ahora pertenecen legalmente a dicha demarcación para efectos administrativos y catastrales.
“Para todos los efectos administrativos, estadísticos, catastrales y registrales, los límites establecidos en el convenio deberán considerarse como la línea oficial y obligatoria del municipio de Charo”, dicta el decreto aprobado. Asimismo, localidades como El Tremesino, La Puente y la porción oriente de Buenavista dejan de pertenecer a Morelia para incorporarse formalmente a la jurisdicción de Charo.
Respecto a las zonas residenciales de alta plusvalía, el dictamen precisa que las nuevas etapas del fraccionamiento Tres Marías quedarán delimitadas entre los vértices 291 a 303, reconociendo una distribución del 60 por ciento del territorio para Charo y el 40 por ciento para Morelia. Además, el documento señala que los límites en la zona de “Ciudad Salud” podrían estar sujetos a modificaciones futuras derivadas de la elaboración del programa parcial de desarrollo urbano.
Finalmente, el decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado. Aunque el cambio no invalida documentos jurídicos previos donde aparezca la antigua nomenclatura, las autoridades municipales deberán actualizar sus reglamentos. Se notificará al INEGI y a los institutos electorales para el reordenamiento de los servicios y registros de los habitantes afectados por esta nueva demarcación.
