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Votación anticipada en prisión preventiva se realizará del 6 al 20 de mayo del 2024

Metapolítica

Morelia, Michoacán.- Del 6 al 20 de mayo del próximo año el Instituto Nacional Electoral (INE) realizará la votación anticipada de las personas en prisión preventiva -sin sentencia condenatoria-, para el Proceso Electoral Concurrente 2023-2024.

De manera unánime la Comisión del Registro Federal de Electores aprobó los “Lineamientos para la conformación de la Lista Nominal de Electores en Prisión Preventiva” (LNEPP).

Estos lineamientos definen qué personas reclusas que podrán votar a nivel nacional por la Presidencia de la República; en los comicios locales de Chiapas y de la Ciudad de México por Gubernatura, Jefatura de Gobierno, diputaciones, ayuntamientos y alcaldías, respectivamente; y, en el caso de Hidalgo, por diputaciones locales y municipalidades.

También establecen que las autoridades de las secretarías de Seguridad Pública, federales y locales, deberán proporcionar, con corte al 31 de diciembre de 2023, una base de datos de las personas recluidas sin sentencia condenatoria, a la cual se realizará una primera verificación de situación registral para identificar aquellos casos no inscritos en el Padrón Electoral y/o en la Lista Nominal de Electores.

Dichas autoridades deberán proporcionar una ficha de registro y/o antropométrica de las Personas en Prisión Preventiva recluidas en los centros penitenciarios de su entidad federativa, con la cual se llevará a cabo la comprobación de las huellas digitales y la fotografía correspondiente.

Por su parte, las personas recluidas interesadas en participar en las elecciones del próximo año deberán cumplir con los siguientes requisitos: estar inscritas en la Lista Nominal de Electores y no tener suspendidos sus derechos político-electorales por sentencia condenatoria.

Además, estar en el supuesto de medida cautelar bajo prisión preventiva en algún centro penitenciario del territorio nacional, considerado para el ejercicio de este voto, y manifestar su intención de ejercer su derecho al sufragio por la vía presencial anticipada, mediante el llenado, firma y/o estampado de huella digital y entrega de la solicitud individual de inscripción.

El proyecto de acuerdo será sometido a la consideración del Consejo General, para su aprobación.

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