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SCJN determina que Congresos locales tendrán última palabra en aprobar desafueros

Metapolítica

Morelia, Michoacán.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que los Congresos de los estados tendrán la última palabra para aprobar la procedencia de actuar penalmente contra gobernadores, diputados o magistrados por delitos federales.

El pleno aprobó por mayoría de ocho votos las reformas a la Constitución y a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos de Tamaulipas, a propuesta por la ministra Ana Margarita Ríos Farjat.

La ministra precisó que, si bien la decisión final es del Congreso local, esto “no significa que la comunicación enviada por la Cámara de Diputados deba hacerse a un lado sin más”.

Ante la acusación de delitos federales contra un gobernador, diputado o magistrado estatal, el Congreso local deberá dar de manera clara las razones por las que valoró no retirar el fuero y permitir la persecución inmediata de los delitos.

Además, Ríos Farjat aseguró que esta determinación no brinda un “manto de impunidad” a los funcionarios, ya que no afecta las facultades del Poder Legislativo ni de la Fiscalía General de la República (FGR).

“Hay que tener cuidado al hablar de impunidad, cuando los estados y la Federación prevén un fuero temporal y condicionado en el ejercicio del encargo. Señalar inmunidad procesal temporal no es equivalente, ni debe serlo jamás, a impunidad”, respondió la magistrada a los señalamientos de Lenia Batres Guadarrama, Loretta Ortiz Ahlf y Yasmín Esquivel Mossa.

Esta determinación fue por la solicitud de inconstitucionalidad 112/2021, promovida por el Poder Ejecutivo Federal, que demandó la invalidez de diversas disposiciones de la Constitución Política y de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, ambas de Tamaulipas. También del Decreto LXIV-538, publicado en el Periódico Oficial del 24 de junio de 2021.

Específicamente, de los artículos 84, párrafo tercero, de la Constitución Política y 44, párrafo tercero, de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos, de Tamaulipas; así como el artículo segundo transitorio del decreto.

Estos son relativos al carácter definitivo e inatacable de las resoluciones del Congreso local, en las que se determine no homologar las declaratorias de procedencia emitidas por alguna de las cámaras federales, para seguir procesos penales en contra de servidores públicos de la entidad que gocen de fuero constitucional, lo cual incluye a los procedimientos que a la fecha de entrada en vigor de ese decreto hayan concluido.

Estas reformas permitieron blindar al exgobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca al final de su administración, al ser acusado por la FGR de lavado de dinero y delincuencia organizada, lo que derivó que en que fueran impugnadas por el Ejecutivo federal.

Al respecto, la ministra Ríos Farjat recordó que Tamaulipas no es el único estado que cuenta con la posibilidad de no homologar la decisión de la Cámara de Diputados, también pueden hacerlo en Chiapas, Morelos, Nayarit y Sinaloa.

Los estados de Michoacán, Tlaxcala y Yucatán, por su parte, se reservan si retiran o no el fuero a sus funcionarios.

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