Tribunal Electoral de Michoacán sanciona a ciudadana por violencia política de género contra alcaldesa de Zacapu

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Morelia, Michoacán.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) resolvió el procedimiento especial sancionador TEEM-PES-VPMG-041/2025, promovido por la presidenta municipal de Zacapu, Mónica Estela Valdez Pulido, en contra de María Isabel Corona Méndez, por la comisión de violencia política contra las mujeres en razón de género.

La denuncia se originó en diversas expresiones y comentarios difundidos en el perfil personal de Facebook de la denunciada, específicamente en una publicación relacionada con la apertura de un campus de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo, compartida por un medio local de Zacapu. Estas manifestaciones afectaron sustantivamente la dignidad de la alcaldesa como mujer.

En el proyecto de sentencia, se acreditaron los hechos denunciados al analizar las expresiones, las cuales revelaron intención discriminatoria basada en el género de la denunciante. El tribunal determinó que dichas publicaciones no se encuentran protegidas por la libertad de expresión, ya que no se refirieron al desempeño del cargo público, sino que incluyeron elementos denostativos hacia las mujeres en funciones públicas.

Se precisó que las expresiones insinuaron que la denunciante podría ejercer su cargo a cambio de prestar servicios sexuales, lo que constituyó una denigración directa por el hecho de ser mujer. “Se acreditó la intención de difundir elementos discriminatorios derivados del género de la denunciante”, indica el análisis del proyecto.

Como consecuencia, el pleno del TEEM declaró existente la violencia política en razón de género cometida por María Isabel Corona Méndez en perjuicio de la presidenta municipal de Zacapu. Entre las sanciones aplicadas se encuentra la amonestación pública a la responsable.

Adicionalmente, se ordenó la inscripción inmediata de María Isabel Corona Méndez en el registro estatal de personas sancionadas en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género. El tribunal vinculó a la Coordinación de Género y Derechos Humanos para implementar un programa de capacitación obligatoria sobre género y violencia política en el ámbito digital dirigido a la sancionada.

La resolución también instruyó a la Secretaría General de Acuerdos, al Instituto Electoral de Michoacán y a la Unidad de Transparencia del TEEM para dar cumplimiento a las medidas de reparación y satisfacción ordenadas en favor de la denunciante, así como la elaboración de la versión pública del documento.

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