Héctor Tapia
La Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación abrió una posibilidad para que se pueda echar abajo el proceso de elección interna de la dirigencia estatal del Partido Acción Nacional (PAN), del cual resultó electo el legislador local Óscar Escobar Ledesma.
Esto luego de que por unanimidad los magistrados de la Sala Regional declararan fundados los agravios argumentados por el candidato a la dirigencia Sergio Benítez Suárez, ex legislador local panista, en el Juicio de Protección a los Derechos Políticos JDC 780 /2018.
Esta sentencia emitida por el Tribunal Federal es a la impugnación a un resolutivo del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEMICH), que había desechado medios de impugnación promovidos por Benítez Suárez.
Los magistrados coincidieron en respaldar que el TEEM “pasó por alto el escrito de desistimiento” que había presentado Benítez Suárez ante el organismo intrapartidario donde pedía la invalidez del registro de Escobar Ledesma como candidato para contender por la dirigencia estatal, para pedir “per saltum” que fuera el mismo tribunal local el que conociera directamente esta situación.
En este sentido los magistrados federales declararon fundados los agravios presentados por Sergio Benítez, y argumento que el TEEM “pasó por alto el escrito de desistimiento” presentado por este candidat.
Indicó que “el TEEM incumple los principios de exhaustividad y de congruencia”, y resaltó en la sentencia que el tribunal local debió analizar los efectos jurídicos de este desistimiento presentado por Sergio Benítez, “a fin de determinar la validez o no de la resolución de la Comisión de Justicia” del PAN a nivel nacional, donde se argumenta la validez de la convocatoria para el proceso de renovación de la dirigencia estatal.
La sentencia pide al Tribunal local que se pronuncie al respecto, que revise si la resolución emitida por la dirigencia nacional del PAN se hizo en tiempo y forma y respetando los reglamentos internos, y de estar en condiciones y encontrar elementos suficientes o inconsistencias en la respuesta de la Comisión Intrapartidaria de Acción Nacional, el Tribunal en consecuencia tendrá que revisar y pronunciarse sobre el fondo de la inconformidad de Sergio Benítez, que es la nulidad de la candidatura de Escobar Ledesma.
Lo que impide entrar a fondo en el tema son elementos procesales que se tendrán que superar para poder en consecuencia entrar a fondo en el tema, explicó el Magistrado Salvador Alejandro Pérez.
Es decir, está en el terreno del órgano intrapartidario, quien tendrá que justificar sus determinaciones, y “nosotros definir si se cuidaron o no las partes procedimentales”, destacó el magistrado.
Dado que la sentencia del Tribunal Electoral se dio apenas pasado el medio día de este lunes, en el Tribunal de Michoacán se está a la espera de la notificación oficial para analizar los términos en que está la misma, donde se establecen los parámetros a los cuales tendrá que acogerse el TEEM.
Cabe recordar que desde el registro de aspirantes para contender por la dirigencia estatal del PAN, Sergio Benítez argumentó que no había cancha pareja en el partido frente a las campañas que estaban por comenzar y que duraron 30 días.
La elección se llevó a cabo el 16 de diciembre pasado, donde de acuerdo a la votación, el 72 por ciento de la militancia panista (que lo conforman más de 11 mil militantes en todo el estado) avaló o respaldó con su voto a Óscar Escobar Ledesma, quien es el virtual ganador de la contienda, en tanto que el resto votó a favor de Sergio Benítez, quien advirtió que impugnaría la elección.
Por otro lado, cabe apuntar que este 10 de enero pasado el Comité Ejecutivo Nacional del Partido Acción Nacional (PAN), ratificó el triunfo de Óscar Escobar Ledesma, como dirigente estatal del partido blanquiazul, y apuntó que el dirigente electo estaría tomando protesta hasta antes del próximo 15 de enero. Esto fue antes de la sentencia del Tribunal Federal.
Esta ratificación la realizó el Secretario General del CEN, Héctor Larios Córdova, a través de un documento donde se refiere que dado que la jornada electoral que se vivió el 16 de diciembre pasado se desarrolló conforme a los estatutos y reglamentos internos del PAN, y “al haberse verificado que fueron resueltos los recursos de impugnación a la elección, la ratificación resulta procedente”, con lo que se validan los resultados de la misma.
El Comité Directivo Estatal, refiere el documento, entrará en funciones en los cinco días hábiles luego de la publicación de este resolutivo.