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Buscan establecer un Registro Estatal de Deudores Alimentarios

América Juárez Navarro
Morelia, Mich., Con la finalidad de contar con un Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos en Michoacán, el diputado Erick Juárez Blanquet, al señalar que actualmente en Michoacán, uno de los problemas que enfrenta nuestra sociedad en materia de derecho familiar es el incumplimiento de la obligación alimentaria; hecho que se refleja en la enorme cantidad de juicios tramitados por cada periodo anual en los juzgados familiares para solicitar el pago de alimentos.
El reporte estadístico de asuntos registrados sobre alimentos en los juzgados familiares en el año 2018, suman un total de 4 mil 118, en cuestión de alimentos provisionales y definitivos, consignación de pensión alimenticia, pago de alimentos; presentados de manera escrita o por comparecencia, de los cuales se resolvieron 2 mil 259 asuntos, quedando de existencia en trámite 2 mil 59.
También se reveló que en una encuesta realizada en los juzgados familiares del Distrito Judicial de Morelia, de manera específica a los Ministerios Públicos adscritos a los juzgados siguientes: 1° familiar, 3° Oral Familiar, 5° Oral Familiar, 6° Oral Familiar y 8° Oral Familiar, preguntando sobre el grado de incumplimiento que se da en las pensiones alimenticias decretadas por sentencia o convenio, se encontró que el porcentaje del incumplimiento se calcula sobre un 80 % en pensiones decretadas por sentencia y en un 50 % en las decretadas por convenio.
Por esta razón surge la idea de que en Michoacán es necesario contar con un mecanismos como el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el cual no solamente servirá para tener una base de datos estatal; sino que además, con la ayuda y colaboración de diversas instancias gubernamentales, permitirá la implementación de medidas preventivas y coactivas para dotar de las herramientas necesarias a la autoridad jurisdiccional en el cumplimiento de la ejecución de las resoluciones que decreten la pensión alimentaria provisional o definitiva.
Se prevé en el Registro Estatal de Deudores Alimentarios Morosos, previa orden del juez competente, serán inscritas aquellas personas que hayan dejado de cumplir sus obligaciones alimentarias decretadas por sentencia o por convenio, de manera consecutiva o intermitente, ya sea en tres ocasiones en un lapso de tres meses, y para el caso de las pensiones decretadas de manera mensual, en tres ocasiones en un periodo de seis meses.

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