Por: América Juárez Navarro / Metapolítica
Morelia, Mich., Con 26 votos a favor y 12 en contra el Congreso del Estado de Michoacán dio paso a la nueva iniciativa enviada desde el Ejecutivo Estatal, para reponer el procedimiento en relación a la deuda aprobada en el 2019, lo cual permitiría que “legalizar” prácticamente el error en el que incurrieron los diputados, de votar dicha deuda en diciembre pasado sin la mayoría calificada.
En esta ocasión, la bancada de Morena votó en contra de esta rectificación, a diferencia del 2019 en donde hubo diputados que se ausentaron. Sin embargo, en esta ocasión las diputadas del Partido del Trabajo, Brenda Fraga y Teresa Mora que en diciembre del 2019, habían expresado su rechazo a la deuda, no acudieron al recinto y tal como lo hicieron en la controversia interpuesta ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, recularon y no acudieron a la sesión, lo que influyó en la fuerza que podría tener Morena, para que por segunda ocasión no se logrará la mayoría calificada que requería de dos terceras as partes.
La diputada Cristina Portillo Ayala coordinadora de la bancada de Morena, acompañada de su bancada se colocó al frente de la tribuna, habilitada en ese momento en la sede del Palacio del Poder Legislativo. En su intervención expuso que el dictamen de las comisiones unidas de Hacienda y de Presupuesto no fue repartido con la debida anticipación a los diputados, previo a la sesión del Pleno y agregó que en la sesión extraordinaria en que se aprobó la Ley de ingresos no se expuso la causa urgente que justificara la dispensa de la segunda lectura del dictamen, como lo ordena el 38 de la Constitución política del Estado.
Lo aprobado en el Congreso del Estado, establece además de la ratificación de la deuda que ya había sido aprobada, que el Decreto fue aprobado por las dos terceras partes de los miembros presentes del Congreso del Estado y se otorgaron previo análisis del destino, de la capacidad de pago del Estado, y del establecimiento de las fuentes de pago correspondientes.
Refiere que los actos jurídicos celebrados con anterioridad al presente Decreto al amparo del artículo 26 de la Ley de Ingresos del Estado de Michoacán de Ocampo para el Ejercicio Fiscal del Año 2020 surtirán todos sus efectos legales desde la fecha de su celebración. Los acreedores podrán ceder los contratos de crédito correspondientes en los términos de la normatividad aplicable y de las estipulaciones de los instrumentos jurídicos respectivos.