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Sentencia TEPJF: Morón sí podrá ser candidato

Metapolítica

Morelia, Michoacán.- El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) emitir una nueva resolución respecto de la candidatura a la gubernatura de Michoacán a Raúl Morón Orozco, tras analizarse el proyecto de sentencia de la magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso.

De esta manera, Raúl Morón vuelve a estar oficialmente en carrera y como el candidato mejor posicionado para alcanzar el máximo cargo en Michoacán.

La resolución fue tomada este día durante una sesión especial del TEPJF para tratar este y otros casos pendientes antes de la inscripción formal de los candidatos.

Durante los alegatos se estableció que Raúl Morón sí entregó informe de gastos de precampaña, aunque en forma extemporánea. El TEPJF ordenó observar ese hecho al generar la nueva resolución.

El Tribunal también consideró que ante el tamaño de la falta resultaba excesivo negarle el derecho a registrarse como candidato ante el Instituto Electoral de Michoacán (IEM).

Según el TEPJF, en su momento el INE aseguró que Morón no había presentado su informe de gastos, cuando en realidad sí lo presentó de manera extemporánea.

“El informe sí fue presentado ante la autoridad fiscalizadora”, reiteró el órgano.

LOS DETALLES

La magistrada Janine Otárola hizo uso de la voz, y aseguró que uno de los fundamentos del estado de derecho reside en la rendición de cuentas, y en ámbito electoral este se logra a través de la fiscalización en las precampañas y campañas.

“La fiscalización se ubica como un a oblgación de los actores políticos y el derecho de los ciudadanos a conocer el uso de os recursos públicos”, expuso.

Pero agregó:

“Se ha hecho una distinción entre omisión de presentación con presentación de manera extemporánea. En casos de presentación extemporánea se prevé un catálogo de sancions que la autoridad debe evaluar con base a la gravedad de la irregularidad, ya la temporalidad en que la entrega está extemporánea”.

“Si bien la presentación de los informes fuera de los plazos constituye una irregularidad que debe sancionarse, la omisión de presentar el informe es una violación más grave al bien jurídico, tutelado toda vez que no se transparenta el ejercicio de los recursos”.

En tanto, el magistrado Indalfer Infante señaló que el INE no reportó a tiempo la falta al aspirante ni le expuso claramente las penas a las cuales se arriesgaba, por lo cual no le permitió una defensa adecuada.

Y agregó que la resolución del INE castiga al precandidato y no al partido, que fue el que finalmente cometió la falta.

Finalmente, los magistrados coincidieron —con la opinión en contra de Reyes Rodríguez Mondragón— en que los precandidatos debe ser oídos antes de que se les imponga cualquier sanción, que el caso de Michoacán es completamente distinto al de Guerrero y que la sanción a Morón debe ser acorde al hecho de que solo hubo cumplimiento inoportuno, no ausencia de reporte.

En el caso de Félix Salgado Macedonio, el TEPJF confirmó que regresará el asunto al INE.

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