Metapolítica
Ciudad de México.- El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó un artículo de la Ley Federal de Revocación de Mandato que permitía a partidos políticos promover la participación ciudadana en dicho ejercicio.
La mayoría de los ministros consideró como inconstitucional que el último párrafo del artículo 32 de la ley, ya que esa es una labor exclusiva del INE.
Sin embargo, ratificó que el día de la consulta los partidos con registro nacional tengan representantes en las casillas.
No se lograron los votos necesarios para eliminar la segunda parte de la pregunta que, de acuerdo al proyecto de sentencia, podría interpretarse como ratificación del cargo.
Respecto a la pregunta de la consulta, fue declarada inconstitucional por el pleno de la SCJN, al rechazar realizar cambios a la pregunta que aparecerá en las boletas.
El proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo proponía retirar la segunda parte de la pregunta, debido a que se puede interpretar como ratificación en el cargo: “o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo”.
Siete ministros coincidieron en la necesidad de modificar la pregunta para que se apegara a los criterios establecidos en la Constitución y en la Ley Federal de Revocación de Mandato; sin embargo, no alcanzaron los ocho votos para tener la mayoría calificada y declarar la invalidez de los artículos impugnados.
La pregunta que será planteada a los ciudadanos es: “¿Estás de acuerdo en que a (nombre), Presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.
Con información de Excélsior
