Metapolítica
Ciudad de México.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que el decreto del 16 de abril de 2021, cuyo fin era crear el Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Celular (Panaut), es inconstitucional.
Con nueve votos de los 11 ministros fue aprobado el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, con el que se establece que el usuario de un plan de telefonía celular debe entregar sus datos a cambio del servicio.
Entre los argumentos de las autoridades para crear el Panaut era contar con la información con el fin de prevenir delitos cometidos con el uso de celulares, por lo que se debían entregar datos personales y biométricos a las empresas proveedoras del servicio.
“Es claro que dicho ámbito se ve afectado al imponer a los usuarios de telefonía móvil la obligación de entregar su información privada, íntima y datos personales, incluyendo datos sensibles, con la correlativa facultad de otorgar a terceros particulares y, al propio Estado, para recopilarlos y poder acceder a ellos”, abundó la ministra Piña.
El ministro presidente de la SCJN, Arturo Zaldívar, dijo que en el decreto para la creación del Panaut no se definió cuáles datos biométricos, entre huellas dactilares, el iris, el rostro y la dimensión de las manos, se debían aportar, además de que no se garantizó la seguridad de estos.
En su cuenta de Twitter, la presidenta del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai), Blanca Lilia Ibarra, reconoció la determinación de la SCJN.
Con información de Excélsior