Por Engels Contreras Piña
Si hay un tema controversial en el espectro político-electoral es el tema referente a financiamiento público que reciben los partidos políticos en México, y es que no es para menos, pues cada año se aumentan los recursos públicos que estos reciben sin que esto necesariamente se vea reflejado en la calidad democrática. Pero ¿Cómo es qué lo reciben?, ¿Cuál es en su fundamento constitucional y legal? y ¿Qué porcentaje es lo que reciben cada año? Esto es lo que explicaremos a continuación.
El recurso que se les asigna a los partidos políticos con registro nacional se calcula anualmente y tiene su fundamento en el artículo 41 de la Constitución Política de México y en el 51 de la Ley General de Partidos Políticos y establecen en general que el monto del financiamiento público para el sostenimiento de las actividades ordinarias permanentes de los Partidos Políticos Nacionales se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral federal, a la fecha de corte de julio de cada año, por el sesenta y cinco por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Ejemplo: si el padrón electoral es de 95 millones, esto se multiplica por el 65% del valor diario del UMA, que al día de hoy son 62.5 pesos, esto da un total de 5 mil, 937millones, que es el gran total a repartir entre todos los partidos por concepto de gasto ordinario.
Asimismo el treinta por ciento de la cantidad que resultó es decir de los 5 mil, 937millones, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior. El financiamiento público para las actividades tendientes a la obtención del voto (gastos de campaña), durante el año en que se elijan Presidente de la República, senadores y diputados federales, equivaldrá al cincuenta por ciento del financiamiento público que le corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese mismo año; cuando sólo se elijan diputados federales, equivaldrá al treinta por ciento de dicho financiamiento por actividades ordinarias.
El financiamiento público por actividades específicas, relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales, equivaldrá al tres por ciento del monto total del financiamiento público que corresponda en cada año por actividades ordinarias, es decir el tres por ciento de 5 mil, 937millones de nuestro ejemplo.
El treinta por ciento de la cantidad que resulte de acuerdo a lo señalado anteriormente, se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria y el setenta por ciento restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.
A continuación se muestra el financiamiento público verídico que recibieron los partidos políticos a nivel nacional en el año 2022 por segmento:
Acuerdo INE/CG1430/2021 | |
Rubro de financiamiento público | Monto de financiamiento público |
Sostenimiento de actividades ordinarias permanentes | $5,543,960,204 |
Actividades específicas | $166,318,806 |
Franquicia postal | $110,879,204 |
Franquicia telegráfica | $693,490 |
Total | $5,821,851,704 |
Por su pate los partidos políticos que hubieren obtenido su registro con fecha posterior a la última elección, o aquellos que no cuenten con representación en alguna de las Cámaras del Congreso de la Unión o en el Congreso local, tendrán derecho a que se les otorgue financiamiento público. Se le otorgará a cada partido político el dos por ciento del monto que por financiamiento total les corresponda a los partidos políticos para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes, así como, en el año de la elección de que se trate, el financiamiento para gastos de campaña que corresponda. Estos participarán del financiamiento público para actividades específicas como entidades de interés público sólo en la parte que se distribuya en forma igualitaria.
Finalmente es preciso mencionar que no hay señal clara que la competencia entre partidos políticos sea resultado del aumento de su financiamiento público, mucho menos que esto se traduzca en el aumento de la participación política y democrática. Más bien el cambio político y el incremento de competitividad se dio con anticipación del incremento presupuestal[1]. Por lo que resulta fundamental que en la próxima reforma constitucional en materia político electoral se reduzca drásticamente el financiamiento público que los partidos políticos perciben.
[1] El financiamiento de los partidos políticos y la confianza ciudadana en México, consultado en https://www.redalyc.org/jatsRepo/4217/421755608011/html/index.htm, el 19 de agosto de 2022.
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