De acuerdo con datos históricos del Instituto Electoral de Michoacán, esta tendencia se sostiene desde hace varios años y no hay medidas que sancionen o estimulen la creación de este tipo de organismos ciudadanos que sirven para vigilar el actuar de las autoridades.
La magistrada electoral presentó su ponencia “30 años después: el TEEM”, con lo que dio inicio el ciclo de conferencias “30 años de Justicia Electoral en Michoacán” del Tribunal.
“Como Institución pública debemos de tener las herramientas necesarias para la protección de datos personales de las y los ciudadanos en materia electoral”, expresó el magistrado presidente del TEEM, Salvador Alejandro Pérez Contreras.
En el marco de su aniversario, el TEEM enfatizó en un comunicado que su participación “ha sido una pieza fundamental de cada una de las etapas que ha tenido la evolución del sistema político en Michoacán y ha mantenido su carácter de autónomo regido por los principios de independencia, objetividad, certeza y máxima publicidad”.
Al exfuncionario público se le acreditó actos de violencia política en razón de género; sin embargo, la Secretaría de Seguridad Pública manifestó que se encuentra imposibilitada materialmente para efectuar el arresto.
El Pleno dio sentencia a Procedimiento Especial Sancionador promovido contra el entonces candidato de Morena y PT a la presidencia municipal de Morelia.
La sentencia de dicha elección será paradigmática porque surgieron aspectos novedosos, aspectos que la misma ley electoral no contemplaba específicamente. Trajo consigo la necesidad de que se tenga que reformar el marco normativo electoral nacional, explicó el magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán.
En octubre de 2021, José René Olivos Campos culminó su periodo como magistrado electoral local, luego de siete años en el cargo, por lo que desde hace cuatro meses el TEEM opera sólo con cuatro.
El TEEM ordenó el arresto de ocho horas para el exdirector de Cultura del Ayuntamiento de Jiquilpan, luego de un acuerdo plenario de incumplimiento de una sentencia en la que se determinó la existencia de violencia política en razón de género.
A decir del TEEM, se difundió en Facebook un mitin donde aparece la imagen del menor de edad sin difuminar, ocultar o hacer irreconocible su cara y voz, con el fin de que no pudieran hacerlo identificable con posterioridad.