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Tribunal Electoral Federal ordena restituir regiduría para Antonio Oseguera en planilla del Frente en Lázaro Cárdenas

Redacción
Durante la sesión de la Sala Regional de Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) celebrada el 25 de junio pasado los magistrados electorales resolvieron el Juicio de Protección de Derechos Político-Electorales, ST-JDC—549/2018, por medio del cual se mandata que se respete la posición de Antonio Oseguera Solorio en la planilla que acompaña al candidato de la coalición  “Por Michoacán Al Frente”, Mariano Ortega Sánchez.
La posición en la planilla que ordena el fallo del organismo jurisdiccional federal es la número cinco, por lo que se mandata que se dé cumplimiento al mismo.
Con este procedimiento jurídico producto de la consideración de los magistrados electorales se remarca que hubo procedimientos que no consideraron el derecho de Antonio Oseguera que había ganado en el proceso interno de su partido.
Cabe recordar que si bien el Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) había emitido una sentencia desde el 2 de junio pasado, la TEEM-JDC-136/2018, donde se había dejado fuera a Oseguera Solorio, éste al argumentar que se habían lesionado sus derechos políticos acudió al Tribunal Federal, organismo jurisdiccional que luego de valorar los argumentos le dio la razón.
En la ponencia presentada por el magistrado Juan Carlos Silva Adaya se señala que está fundado el agravio presentado por Antonio Oseguera Solorio, quien argumentó que hubo una asignación indebida de regidurías en la planilla.
Oseguera Solorio había resultado electo en la tercera posición en el proceso interno que celebró el Partido de la Revolución Democrática (PRD) en Lázaro Cárdenas para definir a sus candidatos a regidores.
Cabe recordar que el PRD en la candidatura para el municipio de Lázaro Cárdenas va en coalición con el Partido Acción Nacional (PAN) y Movimiento Ciudadano (MC), y en la distribución entre los partidos de las posiciones de la planilla, tomando en cuenta también la paridad de género que es un mandato constitucional, es que se determinó que le corresponde ocupar la posición número 5, a partir de que los magistrados consideraron que le asistía la razón.
“Se advierte que Antonio Oseguera Solorio cuenta con un mejor derecho para ser designado como candidato a la quinta regiduría, ya que con motivo del proceso de selección en el que participó al interior del Partido de la Revolución Democrática, éste obtuvo el tercer lugar en el orden de prelación, y dado que a dicho instituto político le correspondieron tres regidurías por género masculino dentro de la coalición que integra, le tocaría ocupar al referido cargo de elección popular”, remarca la Sala Regional.
 
 
 
 
 




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