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El 30 de diciembre partidos deben informar al INE dónde postularán candidatas mujeres

-Aunque se revocó acuerdo del INE, el TEPJF, ordenó cumplir con el principio de paridad que establece la Constitución y colocar siete mujeres en las gubernaturas.

Por: América Juárez Navarro / Metapolítica

Morelia, Mich., El Tribunal Electoral del Poder Judicial Federal (TEPJF) ordenó a los partidos políticos nacionales, informar antes del 30 de diciembre, los estados donde presentarán a siete mujeres candidatas a los Gobiernos Estatales, así lo destacó la consejera electoral, Dania Ravel Cuevas, vía redes sociales, por lo que antes de esas fechas podrían estar definidas las candidaturas.

En su Twitter oficial, la consejera hizo referencia a la sentencia SUP-RAP-116/2020, donde exhibió parte de la misma y que fue emitida por el Tribunal Federal, y los lineamientos que se deben cumplir.

“El @TEPJF_informa notificó la sentencia al SUP-RAP-116/2020 en relación con la #ParidadEnGubernaturasYa. Entre sus efectos se establece que los partidos deberán informar al @INEMexico a más tardar el 30 de diciembre los estados donde postularan a 7 mujeres para las gubernaturas?? https://t.co/x1huXYBuUG”, señala en la red social.

La paridad según se observa en el documento es a partir del mandato constitucional de paridad que preve la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y agrega que los partidos políticos deberán informar al Instituto Nacional Electoral (INE) a más tardar el 30 de diciembre en que entidades presentarán a siete mujeres candidatas a gubernatura y las ocho en las que presentarán a varones.

Además ordena al Congreso de la Unión y congresos estatales de las entidades federativas, para que emitan la regulación necesaria para la postulación paritaria de candidaturas de los partidos políticos a las gubernaturas de las entidades, previo al inicio de los próximos procesos electorales donde se haya que renovar al titular del ejecutivo.

Sin embargo, aunque el acuerdo del INE fue revocado, si se puede garantizar la paridad de género de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Constitución del país. En donde además se obliga al INE informar a los órganos electorales locales (OPLES), sobre el cumplimiento de la sentencia por cada partido político.

“Partiendo de esta medida se fundamenta directamente en el mandato constitucional y convencional de llevar a cabo comicios en condiciones de igual y por tanto garantizar el derecho a ser votada en condiciones de paridad previsto en el artículo 35.II constitucional, en caso de incumplimiento se negará el registro de candidatos varones”, se menciona en la sentencia que fue emitida desde el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

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