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TEEM resuelve procedimiento relacionado con Violencia Política de Género

Redacción

Morelia, Michoacán a 05 de febrero de 2021. En Sesión Pública el Pleno resolvió el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-001/2021 en el que la dirigente de un partido político a nivel municipal, denunció violencia política de género en su contra, ejercida por el Presidente Municipal y el Director de Comunicación Social del Ayuntamiento de Pajacuarán, conducta que declaró inexistente ya que de acuerdo con lo regulado por la ley no cumple los requisitos que la configuran.

Lo anterior, derivado de una publicación en el perfil de Facebook del propio Ayuntamiento, en la que se hizo público un litigio laboral promovido por la denunciante.

En el proyecto presentado por la ponencia de la Magistrada Yolanda Camacho Ochoa, explicó que de acuerdo con la Jurisprudencia 21/2018 de Sala Superior, cinco elementos debieron ser acreditados para determinar que existió Violencia Política por Razón de Género; la actora logró acreditar la actualización de cuatro, no así en donde se determina que las manifestaciones vertidas se basaran en elementos de género, es decir, que se dirijan a una mujer por ser mujer, tengan un impacto diferenciado en las mujeres o afecten desproporcionadamente a las mujeres.

Motivo por el cual resolvió por unanimidad que en dicho caso presentado no existe algún elemento que permita concluir que dichas expresiones se hayan dirigido a la quejosa por ser mujer, o que se base en un estereotipo de género de la denunciante ni tampoco se evidenciaron expresiones que constituyan un mensaje oculto, indivisible o coloquial que la denigre o discrimine por pertenecer al género femenino.

En dicha sesión también tomó protesta la Licenciada María Lilybetth Verduzco Velázquez, como Actuaria, adscrita a la Secretaría General de Acuerdos del Tribunal Electoral, así como del Licenciado Carlos Manuel Luna Romero, como Secretario Instructor y Proyectista adscrito a la Ponencia a cargo de la Magistrada Yolanda Camacho Ochoa.

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