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OPINIÓN // Los registros de candidatos, II parte

Humberto Urquiza Martínez

Morelia, Michoacán.- Actualmente el proceso electoral en Michoacán vive una etapa importante para la sociedad, pero de las más complejas para el IEM, la revisión de las propuestas de candidaturas para los 112 Ayuntamientos y 24 distritos electorales de mayoría relativa presentados por los partidos políticos y coaliciones, así como de los candidatos independientes.

El caso no es menor por dos razones:

  1. Cada una de las personas que son propuestas para ser candidatos deben de cumplir con requisitos mínimos para poder serlo y con ello, contar con las bases legales mínimas para poder gobernar en el caso de que obtenga la mayoría de votos, por lo que es necesario revisar que cada uno de los documentos y requisitos mínimos y básicos para poder competir por un cargo de elección popular.
  2. Los cargos que serán motivo de elección son de total importancia en el funcionamiento de la sociedad, en tanto las instituciones que son motivo de cambios en su integración tienen atribuciones esenciales en la satisfacción de las necesidades colectivas y de convivencia social, económica y política. Por ello, quien pueda llegar a ocupar los cargos que se renovarán en la elección del 6 de junio del presente año, deben de contar con aquellos requisitos mínimos, para poder ofrecer a los electores, las mejores propuestas para gobernar. Claro, siempre pensando en que cada candidato y partido realmente tenga el compromiso social de hacer propuestas, lo que en los últimos años en el sistema electoral es poco compatible con el modelo de campaña y de propaganda electoral, (ello sin contar con el grado de cultura política tanto de los políticos como de la propia sociedad).

Consecuentemente, la revisión que realiza el IEM de más de 10 mil expedientes en 10 días, es casi titánica, y es un periodo en el cual, además, se abre un espacio para que aquellos casos en los que no se tiene el expediente completo se pueda integrar, de ser el caso. Resulta visible la naturaleza compleja pero fundamental de saber quién sí cumple con los requisitos de elegibilidad y, por tanto, quién puede salir a pedir el voto y hacer propuestas.

El tiempo que tiene el IEM para hacer esa revisión vence el próximo 18 de abril, día en el que deberá de sesionar para poder acreditar a las personas que cumplieron con los elementos legales mínimos para poder competir como candidatos en las elecciones locales. El caso es de tal magnitud e importancia que la ley electoral sanciona los casos en los que los consejeros electorales aprueben a un candidato que no puede serlo (artículo 102.2.d) de la LGIPE), por lo que, el cuidado y atención que se debe de tener en el registro de candidatos, no solamente es relevante social y electoralmente, sino también en términos de una responsabilidad administrativa de los integrantes de los órganos encargados de aprobar las candidaturas.

Finalmente, la aprobación que realizará el IEM será el banderazo de salida para las campañas locales en los cargos de diputados y ayuntamientos, con lo que se vivirán 45 días de una saturación política que tendrá como fecha fatal, el domingo 6 de junio en el que se llevarán a cabo las elecciones.




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