Metapolítica
Morelia, Michoacán.- La figura del superdelegado del Bienestar es constitucional. Así lo declaró la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien con su voto fijó el criterio de desempate.
Además del superdelegado, los principales promotores y operadores de los programas sociales del gobierno mexicano también fueron declarados constitucionales.
El martes, la votación sobre la acción de inconstitucionalidad a las reformas de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal (LOAPF) resultó en empate con cinco votos. Ayer, la ministra Ortiz emitió el voto definitivo.
“Las atribuciones ahí previstas razonablemente pertenecen al ámbito federal, pues sus funciones se sujetan a los principios de control, mando y vigilancia de tipo jerárquico característico del Poder Ejecutivo federal. Así mismo, el objeto de los programas de desarrollo, que deben vigilar e implementar, se circunscriben a dicho ámbito, de ahí, a mi consideración, el artículo 17 ter impugnado no transgrede el principio constitucional de federalismo”, precisó Ortiz Ahlf.
Legisladores, partidos de oposición y el Gobierno de Michoacán, encabezado entonces por Silvano Aureoles, habían presentado la acción de inconstitucionalidad contra las reformas a la LOAPF, las cuales fueron publicadas el 30 de noviembre de 2018.
La figura de los superdelegados, a decir de la ministra Ortiz, queda bien definida en la ley para distribuir programas sociales en beneficio de la población.
En ese sentido, el Pleno de la SCJN desechó la controversia constitucional promovida por el Gobierno de Michoacán, y resolvió que las reformas a la LOAPF impugnadas no invaden las facultades administrativas legales de la entidad.
Con información de Excélsior