En Michoacán, analizan tipificar como delito prestar servicio de transporte si no se cuenta con concesión

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Metapolítica

Morelia, Michoacán.- Como parte de la elaboración de una Ley de Movilidad para Michoacán, el diputado Fidel Calderón Torreblanca informó que se está analizando la viabilidad de tipificar como delito en el Código Penal de Michoacán el hecho de prestar el servicio de transporte público sin la concesión correspondiente, como ya se dispone en el Código Penal de Tabasco:

“Al que por si o por interpósita persona, preste el servicio de transporte público de pasajeros, de carga, mixto o especializado, en cualquiera de sus modalidades, sin contar con la concesión, autorización o permiso de la autoridad competente, se le impondrá prisión de dos a seis años […]”.

El presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo), indicó también que la nueva Ley de Movilidad obligará a los Uber y otras aplicaciones a tener una concesión de transporte público expedida por el gobierno del estado.

El objetivo, de acuerdo a lo expuesto por el legislador, es “terminar con la inequidad y la competencia desleal”.

Señaló que en Quintana Roo, entidad que se distingue por su turismo internacional, la Ley de Movilidad establece que: “[…] la prestación del servicio público de transporte contratado a través de plataformas tecnológicas o digitales requerirá contar con la concesión del Instituto […]”.

Como integrante de la Comisión Legislativa de Comunicaciones y Transportes, Calderón Torreblanca dijo que “no se deben ignorar las graves afectaciones ocasionadas por Uber en más de 40 países publicadas en las semanas previas en diversos medios de comunicación por el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación”.