Metapolítica
Morelia, Michoacán.- El Pleno del Senado aprobó el dictamen de vacaciones dignas con el que se amplía el periodo de vacaciones de los trabajadores de seis a 12 días consecutivos a partir del primer año laboral y que entrará en vigor el 1 de enero de 2023.
“Hoy vamos a saldar una deuda histórica que tenemos con el pueblo de México de garantizar un descanso digno para todos”, dijo Napoleón Gómez Urrutia, presidente de la Comisión de Justicia del Senado.
“Los derechos de los trabajadores no se negocian y los derechos en general no se negocian y sólo serán los trabajadores quienes tendrán el derecho y poder de decidir cómo gozarán de dichos periodos vacacionales”, agregó el senador en torno a la eliminación de la modificación de la reforma que se hizo en la Cámara de Diputados para que los días fueran diferidos.
Se trata de una iniciativa que producto de tres: la primera, enviada por Movimiento Ciudadano, luego dos de parte de Morena y el Partido del Trabajo, la cual se aprobó en la Cámara de Senadores el 3 de noviembre, pero cuando fue turnada a la Cámara de Diputados fue modificada (diferir seis días en acuerdo con la parte patronal), luego devuelta al Senado para ratificar los cambios, algo que no ocurrió en favor de los trabajadores.
El miércoles fueron aprobados por 116 senadores que estuvieron presentes en la sesión las reformas al artículo 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo para que los trabajadores que cumplan un año laboral disfruten de un periodo anual de vacaciones pagadas, que no podrá ser inferior a 12 días laborables, el cual aumentará dos días laborables por año hasta llegar a 20.
Luego del sexto año trabajado, el periodo aumentará dos días por cada cinco años laborados.
“La persona trabajadora disfrutará de 12 días de vacaciones continuos, por lo menos. Dicho periodo, a potestad de la persona trabajadora podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera”, señaló el senador.
En cuanto a derechos labores, se trata de una reforma histórica, ya que no se modificaba desde 1970.
En los transitorios se precisó que el decreto será válido a los contratos individuales y colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, sin importar su forma o denominación, siempre que resulten favorables a los derechos de trabajadores.
Con información de Proceso