Revés al Plan B: TEPJF determina inaplicación de destitución de Edmundo Jacobo

Metapolítica

Morelia, Michoacán.- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió la inaplicación del artículo transitorio 17 del Plan B de la Reforma Electoral, por el que se destituyó a Edmundo Jacobo.

“El artículo transitorio constituye una norma privativa e incide en la autonomía del órgano constitucional y en las facultades constitucionales del Consejo General “, señala la sentencia.

Por este motivo, Edmundo Jacobo, titular de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral (INE), debe continuar con el cargo.

En primera instancia, esta sentencia del TEPJF contó con un empate de 3 votos a favor y 3 en contra, por lo que el magistrado presidente, Reyes Rodríguez Mondragón dio su voto de calidad por el que se aprobó la sentencia.

“La autonomía constitucional con la que cuenta el Instituto Nacional Electoral busca evitar la injerencia o presión de agentes externos, o la intromisión de los poderes constituidos que pudieran poner en riesgo su operación y el cumplimiento de sus funciones”, indicó la magistrada Janine Otálora, autora del proyecto.

La sentencia también indica que el Congreso de la Unión no puede determinar en una disposición transitoria que el titular de la Secretaría Ejecutiva debe cesar sus funciones, ni puede establecer parámetros al Consejo General para hacer una nueva designación.

En contraparte, el magistrado Indalfer Infante señaló que la Sala Superior no tiene competencias para resolver las controversias entre uno de los poderes de la unión y un órgano autónomo.

Con información de El Universal