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Métodos de elección de magistrados administrativos no pueden ser retroactivos: TJAM

Héctor Tapia / Metapolítica

Morelia, Michoacán.- A propósito de la reciente aprobación, por parte de la LXXV Legislatura del Congreso del Estado, de una reforma a los artículos 146 y 147 del Código de Justicia Administrativa de Michoacán, el magistrado Hugo Gama Coria, presidente del Tribunal de Justicia Administrativa del Estado (TJAM), dijo en primer momento que el pleno del organismo es respetuoso de las facultades que tiene el Poder Legislativo para realizar reformas.

Sin embargo, apuntó, las determinaciones acordadas sobre el método de elección de los magistrados administrativos son susceptibles de revisión constitucional y convencional.

Precisó además que esta reforma, no puede tener efectos retroactivos para la conformación actual del Pleno del Tribunal de Justicia Administrativa ya que, si existiera la intención de aplicarla, violaría el principio de retroactividad.

Esto, dado que los actuales magistrados fueron electos con base en la norma anterior y la reforma aprobada generaría una transgresión a sus derechos.

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