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TEEM declaró inexistente la promoción personalizada de funcionarios estatales

• Se declaró existente la difusión del segundo informe de labores del Presidente Municipal de Pátzcuaro, Michoacán, fuera del ámbito geográfico de responsabilidad.

Redacción

Morelia, Michoacán a 4 de octubre de 2023.- El Tribunal Electoral del Estado de Michoacán (TEEM) declaró inexistencia de las infracciones atribuidas a Alfredo Ramírez Bedolla, Carlos Torres Piña, Luis Navarro García, Ada Astrid Herrera Mejía, Zayin Dáleth Villavicencio Sánchez, y al Partido Político Morena, consistentes en la presunta promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos y rendición de informe de labores fuera de los plazos establecidos.
Por unanimidad, la Magistrada Presidenta, Yurisha Andrade Morales y sus pares Alma Rosa Bahena Villalobos, Yolanda Camacho Ochoa y el Magistrado Salvador Alejandro Pérez Contreras emitieron sentencia del Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-009/2023, denunciado por el Partido de la Revolución Democrática.
Luego del análisis de dicho proyecto, realizado por la Magistrada Camacho Ochoa, no se acreditó la promoción personalizada, de conformidad con el criterio jurisprudencial de Sala Superior.
Por otra parte, si bien se tiene por acreditada la utilización de recursos públicos, en el evento denominado Sexto Foro Juntos Reconstruimos Michoacán se advierte que, de acuerdo con las constancias que obran en el expediente, el dinero erogado fue para la realización del evento y no así para su difusión.
Con el voto unánime de las cuatro Magistraturas, el TEEM declaró la inexistencia de las infracciones atribuidas a Julio Alberto Arreola Vázquez, consistentes en promoción personalizada de servidores públicos, uso indebido de recursos públicos y actos anticipados de precampaña y campaña, de acuerdo con el Procedimiento Especial Sancionador TEEM-PES-011/2023.
De acuerdo con el Proyecto de Sentencia que realizó el Magistrado Pérez Contreras se declaró la existencia de la infracción imputada consistente en la difusión del segundo informe de labores del Presidente Municipal de Pátzcuaro, Michoacán, fuera del ámbito geográfico.
De esta forma el TEEM resolvió amonestar públicamente a la empresa Naranti México, S.A. de C.V. y dar vista al Congreso del Estado y a la Contraloría Municipal del Ayuntamiento de Pátzcuaro, Michoacán, para los efectos conducentes en contra del Presidente municipal, así como a la Coordinadora de Comunicación Social de dicho Ayuntamiento al encontrarlos responsables de manera indirecta. Sin que en ello se acredite responsabilidad del partido político Morena por culpa in vigilando.




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