Los mexicanos corremos el riesgo de despertar un día y descubrir que vivimos en una dictadura militar, luego de que dos iniciativas de ley que pretenden darles facultades extraordinarias al ejército en tareas de seguridad pública avanzan en el Congreso. Esto, sin contar con otras dos iniciativas discutidas durante este año, las cuales han contribuido a crear un marco jurídico que poco a poco va generando condiciones para la instauración de un régimen dictatorial en el país.
Así lo aseguran académicos y organizaciones de derechos humanos que ven con preocupación la manera en que una iniciativa de ley presentada por el senador del PAN, Roberto Gil Zuarth, y otra presentada por el PRI, firmada por el coordinador de la bancada César Camacho Quiroz, plantean darle facultades a las fuerzas armadas para perseguir e investigar delitos sin que existan controles civiles de por medio.
Una situación de enormes repercusiones políticas, ante la posibilidad que se abre para instaurar en México un régimen político de corte autoritario, con rasgos típicos de una dictadura militar.
Lo que están haciendo es flexibilizar absolutamente todo y, me atrevo a ponerlo en estos términos, dar una llave para abrir y cerrar un régimen totalitario a discrecionalidad de quien opera esta legislación”.Ximena Medellín, académica del CIDE y maestra en Derecho por la Universidad de Notre Dame
Ambas iniciativas de ley, tanto la del PRI como la del PAN, fundamentan la necesidad de otorgarle más facultades a los militares como garantes de la Seguridad Interna del país.
LA LEY CAMACHO IMPULSADA POR EL PRI
De acuerdo con la Ley de Seguridad Interior presentada por los diputados del PRI César Camacho y Martha Sofía Tamayo, el Ejército y la Marina gozarían de facultades extraordinarias para que las fuerzas armadas intervengan en acciones que garanticen la Seguridad Nacional, separando las labores de Seguridad Interior y la Seguridad Pública.
“Aunque la Seguridad Interior y la Seguridad Pública se encuentran ampliamente interrelacionadas, exigen un uso diferenciado del poder del Estado para su atención, en función de los fenómenos que afecten o pretendan afectar los bienes jurídicos que tutelan. En el caso de la Seguridad Interior, fundamentalmente se busca hacer frente a situaciones y fenómenos que vulneran el orden constitucional y la continuidad de las instituciones del Estado, esto es, el orden interno; en el caso de la Seguridad Pública, se busca velar por la observancia del orden y paz públicos, así como por la seguridad de los ciudadanos y sus bienes”, señala la exposición de motivos del proyecto de ley.
El artículo 3 define a las Acciones de Orden Interno como aquellas “orientadas a prevenir amenazas a la Seguridad Interior en un área o zona geográfica del país”, lo cual incluye patrullajes, instalación de puestos de vigilancia, reconocimientos, seguridad en instalaciones estratégicas y “las demás que se consideren necesarias”, lo cual deja abierta la puerta para cualquier cosa.
También define a la Seguridad Interior como “la condición que proporciona el Estado Mexicano que permite salvaguardar la continuidad de sus instituciones”, una definición que resulta ambigua y puede prestarse a múltiples interpretaciones. Y de este modo, los militares tendrán posibilidad de intervenir en todo aquello que de manera discrecional sea considerado por el presidente de la República como un peligro para la Seguridad Interna, incluyendo la protesta social.
Otro punto preocupante es el artículo 5, el cual señala que “la Seguridad Interior está excluida de lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo”, por lo cual, los militares encargados de realizar dichas tareas estarán exentos de las responsabilidades del resto de los funcionarios públicos.
Es decir, quitan todo el marco normativo que rige la actuación de las autoridades. No tengo que explicar lo que significa que una legislación permita que las autoridades no tengan marco legislativo para actuar: eso se llama dictadura”, añade Medellín.
Además, el artículo 24 señala que las acciones que podrían llevar a cabo los militares no se limitan a situaciones de conflicto, ya que también podrán realizar acciones preventivas de “Orden Interno” con el fin de evitar el surgimiento de amenazas a la Seguridad Interior en aquellas zonas o áreas geográficas del país que lo requieran. Un mecanismo legal utilizado por regímenes autoritarios para controlar la disidencia y la protesta social.
Pero no sólo eso, ya que “al realizar tareas de inteligencia, las autoridades facultadas por esta Ley podrán hacer uso de cualquier método de recolección de información”, de acuerdo con el artículo 28, lo cual implica que el ejército podrá intervenir las comunicaciones de los ciudadanos sin necesidad de una orden judicial o incluso utilizar métodos cuestionados como el arraigo, figura que en México ha sido utilizada para legalizar violaciones graves a los derechos humanos.
“Esto es una verdadera legislación en que nos dicen que la población, en cualquier momento que las instituciones lo decidan, se convierten en el enemigo de las instituciones. Eso es la premisa contraria a cualquier Estado constitucional y cualquier Estado de derecho que se basa en la protección de las personas y no en considerarlas como en enemigos de las mismas”, señala Medellín.
Esa ley lo que va a dar es carta blanca para generar impunidad en los violaciones y delitos que se cometan”.Ximena Andión Ibáñez, de la Comisión Mexicana de Promoción y Defensa de Derechos Humanos.
LA LEY GIL ZUARTH PROMOVIDA DESDE EL PAN
El proyecto de ley presentado por Gil Zuarth en el Senado a finales de septiembre, propone la creación de las Fuerzas Especiales de Apoyo Federal que otorgue a los militares y marinos una capacitación adecuada para realizar labores de Seguridad Interior, incluyendo tareas de investigación de delitos cometidos por civiles.
El artículo 5 señala que “corresponde al Ejecutivo Federal la conducción y ejecución de la política de seguridad interior, así como la disposición de la Fuerza Armada Permanente y de la Fuerza Especial de Apoyo Federal para preservarla”.
El artículo 6 también señala que un ataque a la Seguridad Interior incluye “actos tendentes a destruir o inhabilitar la infraestructura de carácter estratégico o indispensable para la provisión de bienes o servicios públicos en una entidad federativa, en un municipio, en una demarcación territorial de la Ciudad de México o en una Región del territorio nacional”, por lo cual, el gobierno podría desplegar al Ejército para arremeter contra manifestantes que decidan tomar una carretera o incluso una calle, como forma de protesta.
Al igual que en la propuesta del PRI, el artículo 7 propone que “la materia de seguridad interior queda excluida de la aplicación de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo”, lo cual blindará a los militares de rendir cuentas como cualquier otro servidor público.
Además, “la Fuerza Especial de Apoyo Federal podrá intervenir de manera subsidiaria y temporal en funciones de seguridad interior cuando por razones de necesidad y proporcionalidad, las instituciones y autoridades civiles competentes estén imposibilitadas materialmente para hacer frente a la situación”. Por lo tanto, “se sujetará a lo que disponga el presidente de la República”, con lo cual, el Ejecutivo contará con facultades para decretar discrecionalmente una declaratoria de seguridad interior cuando considere que existe un riesgo para el país.
Esto daría facultades a los soldados y marinos para realizar retenes, labores de investigación y persecución de delitos, con lo cual, las fuerzas armadas estarían facultadas para sustituir las labores del Ministerio Público, incluyendo la facultad de “recibir las denuncias sobre hechos que puedan ser constitutivos de delito”, según consta en el artículo 29. Una situación que daría a los militares la posibilidad de controlar una buena parte de los sistemas de procuración de justicia civiles, lo cual trae consigo implicaciones profundas en el ámbito institucional.
Si vamos a entrar ahora a la ruta de dar recursos al ejército para que realicen investigaciones del delito como propone la ley de Gil Zuarth, lo único que vamos a hacer es instaurar este régimen militar y dejar de ser una República civil como lo hemos sido”.Catalina Pérez Correa, doctora en Derecho por la Universidad de Stanford e investigadora del CIDE.
“Toda esta regulación que está proporcionando el senado Gil Zuarth o el diputado Camacho, lo están haciendo sin tomar en cuenta el contexto de violación sistemática de derechos humanos que se ha estado denunciando. Legislamos como si no existiera un enorme cuestionamiento acerca de cómo han estado utilizando el uso de la fuerza letal y todas las violaciones que van aparejadas con el uso de las fuerzas armadas sin ningún tipo de control”, añade Pérez Correa.
En este sentido, la experta critica que ninguna de las dos iniciativas contemplen una estrategia de retirada de las fuerzas armadas de las labores de seguridad interna.
“Lo que hacen es pisar el acelerador en el mismo sentido de esta estrategia. ¿Ha funcionado esta estrategia? No hay datos que muestren que los efectos de la presencia militar en grandes territorios del país realmente mejoren las condiciones de seguridad que existen y en todo caso, los datos parecen apuntar hacia lo contrario”, agrega la investigadora.
LAS OTRAS LEYES QUE GENERAN CONDICIONES PARA UN ESTADO AUTORITARIO
Sin embargo, las leyes promovidas por Camacho y Gil Zuarth no son las únicas que representan una amenaza para la democracia mexicana, pues en lo que va del año se han impulsado dos iniciativas más que promueven la suspensión de garantías individuales y vulneran los derechos humanos al mismo tiempo que concede mayores poderes al Ejército.
Tal es el caso de la Ley reglamentaria del artículo 29 constitucional, la cual permite que a solicitud del presidente, el Congreso de la Unión pueda aprobar la suspensión de garantías o un estado de excepción en el país en situación de emergencia. Dicha iniciativa aprobada en el Senado, se encuentra estancada en la Cámara de Diputados tras ser aprobada en comisiones el 29 de marzo pasado, luego de que analistas y activistas cuestionaran dicha iniciativa al considerar que representa un grave riesgo para los derechos humanos en México.
Dicha ley plantea “el sacrificio temporal de los derechos a la manifestación, asociación, circulación, libertad de expresión, patrimonial, de crédito o de autor” sin incorporar los criterios bajo los cuales se define la “amenaza excepcional”, según denunciaron organizaciones civiles como Fundación para la Democracia, Incide Social y Cauce Ciudadano, en abril pasado.
“El estado de excepción ya existe desde el momento que el Ejército está en las calles. Creo que esta perversa ondanada está orquestada desde Gobernación. Al darle esas garantías al presidente simplemente vamos a tener un Estado criminal, un estado de excepción legalizado para el crimen”, dijo en marzo pasado Javier Sicilia, líder del Movimiento por la Paz con Justicia y Dignidad.
Aunque la ley reglamentaria fue avalada en comisiones, todavía tendría que ser votada en el pleno de la Cámara de Diputados para que pudiera ser aprobada, lo cual podría darse de manera exprés y sin previo aviso.
Además de discutir la iniciativa sobre suspensión de garantías, el Congreso aprobó en abril pasado la reforma al Código de Justicia Militar y el Código Militar de Procedimientos Penales, que otorga facultades a los militares para catear domicilios e intervenir las comunicaciones de los ciudadanos sin que para ello sea necesaria la intervención de las autoridades civiles.
Un hecho que además de darle más poder a los militares, generó críticas por parte del Alto Comisionado de Naciones Unidas sobre los Derechos Humanos, al considerar que dicha reforma vulnera los derechos de los ciudadanos.
Un argumento que también resaltó la Comisión Nacional de Derechos Humanos a la hora de interponer ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una acción de inconstitucionalidad en contra de diversos artículos del Código de Justicia Militar y el Código Militar de Procedimientos Penales.
“Se estimó que diversos artículos de los códigos señalados no cubren con los estándares constitucionales ni internacionales en la materia, así como en atención a lo interpretado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), lo cual afectaría directamente los derechos fundamentales de las personas”, señaló la CNDH en un comunicado en junio pasado.
De este modo, en 2016 se han impulsado al menos cinco reformas legales que han generado condiciones para la instauración de un gobierno autoritario en México con el apoyo de las fuerzas armadas.
Fuente: huffingtonpost