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#ENFOQUE ELECTORAL // ¿Reforma Electoral?

Por David Alejandro Delgado Arroyo

Nos encontramos a 13 meses del inicio del próximo proceso electoral concurrente, cuya elección más visible, sin duda, será la que corresponda a la Presidencia de la República; cuando en la Cámara de Diputados se desarrollan los Foros de Parlamento Abierto para la Reforma Electoral, convocada por la Junta de Coordinación Política de la propia Cámara.

Los 23 foros se desarrollan del 26 de julio al 25 de agosto. Sus temáticas se dividen en los Temas de Sistema Electoral, Instituciones Electorales, Sistema de Partidos, así como Inclusión y Diversidad Electoral.

En el micrositio de los foros se observan 42 iniciativas presentadas formalmente en materia político electoral.

Sin embargo, también se han anunciado foros alternativos sobre la Reforma Electoral impulsados por partidos que no coinciden con el partido en el gobierno, mismos que se realizarán del 5 al 26 de agosto, también en la Cámara de Diputados.

En el ejercicio parlamentario, sin lugar a dudas, darles espacio a todas las voces, siempre será positivo, lo preocupante es que se descarten voces a priori o ad hominem; o en otras palabras que se descarten las ideas por la única razón de quién es la persona.

Adicionalmente, en el ejercicio parlamentario es deseable no solamente el monólogo de cada parte que ve por sus propios intereses, sino del diálogo en que las partes se escuchan y se llegan a acuerdos razonables por el bien del Estado.

En materia de reforma electoral es muy importante considerar que, dada su propia naturaleza, de ser las reglas del juego para el ejercicio de los derechos político electorales de la ciudadanía, es indispensable una legitimación reforzada, es decir, no sólo proveniente de las mayorías que establece la legalidad, sino del consenso de todas las fuerzas políticas, sin exclusiones.

Pero además se debe considerar que la materia electoral se ha convertido en un océano de particularidades provenientes de nuestra cultura de la desconfianza, pero también de la ampliación de los derechos político-electorales de la ciudadanía. En otras palabras, la materia electoral se encuentra sujeta al efecto microscopio, en el sentido de que, a mayor graduación, más detalles o universos que no se veían, ahora son vistos.

Por lo anterior, la ponderación de cada nueva idea de reforma electoral debe ser realizada no sólo en sus bondades esenciales, sino en su efecto en el sistema en su conjunto, ya que ha habido reformas político-electorales que han tenido que ser perfeccionadas e inclusive reconducidas por los tribunales e instancias administrativas, al no considerar su efecto al agregarlo en el conjunto. Uno de estos problemas lo vemos en el área de la comunicación política o en el tema de la reelección.

Asimismo, el legislador debe tener presente mandatos de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, como el que se refiere a la sentencia SUP-RAP-121/2020 y acumulados del 29 de diciembre de 2020, en el que estableció que se “da vista al Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos para que, en ejercicio de sus atribuciones, lleva a cabo las modificaciones legales conducentes, a fin de incorporar en las leyes generales de la materia, el mandato de inclusión de acciones afirmativas que incluyan o incorporen a esos grupos sociales en los órganos de representación política”.

¿A cuáles grupos sociales se refiere la Sala Superior? Se refiere a colectivos tradicionalmente discriminados, como los discapacitados, los indígenas, los migrantes, los jóvenes o quienes pertenecen a otras diversidades sexuales.

En dicho tema, hay una sentencia reciente, del 27 de julio pasado, que es la SUP-JDC-92/2022 y Acumulados, en la que se declara existente la omisión legislativa en materia de derechos político-electorales de las personas con discapacidad, quienes además deberán ser consultadas, tomando en cuenta su opinión.

Finalmente, si bien es cierto que el Constituyente Permanente cuenta hasta un día antes de 90 días previos al inicio del proceso electoral concurrente próximo, lo que nos ubica en que restan 10 meses para que sea Constitucionalmente aplicable una reforma electoral para las elecciones de 2014, también es cierto que dada la concurrencia y la complejidad de los efectos de una reforma Constitucional ya es insuficiente el plazo.

Lo anterior tiene que ver con el hecho de que si la reforma incluye la Constitución, tendría que devenir en reforma a las Leyes Generales o particulares en la materia que corresponda, inclusive si se trata de Leyes Generales, estas deberían quedar primero, antes de que los efectos pudieran armonizarse en materia de leyes locales.

Pero además, no basta con ello. Hay reformas que implican una actualización inmediata de los Estatutos de los Partidos Políticos para garantizar con certeza los derechos de todos sus militantes, consideración que, por cierto, los Tribunales no han tomado en cuenta ante su postura acelerada de proteger a las minorías, pero que pudiera haber tenido un efecto devastador en el sistema de partidos políticos. Sin duda pueden tomarse medidas afirmativas, pero con reglas de juego preestablecidas antes del inicio de la contienda. Es un principio básico de certeza electoral.

Y también, los efectos de una reforma electoral tienen que ver con lo presupuestal y técnico de la implementación; hay propuestas como el voto electrónico en su modalidad de urna electrónica que implica una fuerte inversión inicial que tendría que estarse realizando ya en el ejercicio presupuestal 2023, presupuesto que, por cierto, se define en noviembre próximo.

El aspecto técnico también requiere tiempo, inclusive de su prueba en elecciones menos complejas. Por ello, la mayoría de las reformas electorales pasadas se han puesto en marcha en una elección intermedia, sólo las de 1993 y 1994 no lo fueron, pero estamos refiriendo una época en que la complejidad electoral no había llegado a los niveles en que hoy nos encontramos.

En suma, se espera del Constituyente Permanente y de las y los legisladores, diálogo, consenso, previsión, planeación, integridad y contextualización para una reforma electoral, ¿lo lograrán?

Las opiniones emitidas por los colaboradores de Metapolítica son responsabilidad de quien las escribe y no representan una posición editorial de este medio.

David Alejandro Delgado Arroyo. Vocal Ejecutivo del INE Michoacán.

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