Decreto del Senado sobre revocación no aplica para este proceso de consulta: TEPJF

Héctor Tapia / Metapolítica

Morelia, Michoacán.- Ni gobernadores, ni legisladores, ni cualquier servidor público de los Tres Poderes y de los Tres Órdenes de Gobierno podrán hacer propaganda gubernamental ni tampoco promover el proceso de Consulta de Revocación que se vive actualmente.

Esto fue definido en su sentencia por parte del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que con esto deja claro que el decreto avalado por el Senado de la República, avalado hace unas semanas, sólo sería aplicable para el siguiente proceso de revocación, pero no para el actual.

Con esta sentencia, el TEPJF avala o respalda la posición que asumió el Instituto Nacional Electoral (INE) en este mismo sentido, con lo que sostiene que las medidas y reglamentación aprobada originalmente es la aplicable a la consulta que está vigente y que se llevará a cabo este próximo 10 de abril.

En su sentencia, el TEPJF sustenta su argumento y refiere que “la interpretación auténtica no puede ser contraria al texto constitucional”, donde se establece que cualquier reforma en materia política y mecanismos de participación sólo podrán hacerse 90 días antes de un proceso electoral para que tengan aplicabilidad en el referido proceso; de realizarse algún ajuste durante un proceso electivo, este tendrá vigencia hasta el posterior. 

Destaca que “la difusión de propaganda gubernamental durante el periodo de revocación de mandato que va desde la convocatoria hasta la conclusión de la jornada, deberá suspenderse la difusión en los medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno”.

Asimismo, establece que “los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias y entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órdenes de gobierno, sólo podrán difundir las campañas de información relativas a los servicios educativos y de salud o las necesarias para la protección civil”.

De esta manera, destaca, “existe un mandato de suspensión, de toda clase de propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, lo cual incluye a los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias, las entidades de la administración pública y cualquier otro ente de gobierno”.